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El juez tumba el recurso del PSPV y deberá devolver 14.489 euros del grupo de la Diputación de Alicante 

16/10/2022 - 

ALICANTE. El grupo socialista de la Diputación de Alicante deberá reintegrar finalmente los 14.489 euros de la asignación que recibió durante el periodo 2015-2018; que fueron derivados a las cuentas del partido y que no fueron debidamente justificados de acuerdo con el reglamento que la institución establece para los grupos. Así lo dictaminó en su día la auditoría externa solicitada por el equipo de gobierno de PP y Ciudadanos, y ahora lo ha confirmado una sentencia, que ha desestimado el recurso presentado en su día por el grupo de diputados que lidera Toni Francés. En su momento, esa misma auditoría concluyo que el PP debía devolver 46.000 euros, y así lo hizo; y que Esquerra Unida - que tuvo representación en ese mandato-, 42.000 euros, además de la cantidad referida al grupo socialista.

El resultado de esa auditoría fue validado por el pleno de la Diputación de Alicante el pasado 31 de julio de 2021. El grupo socialista presentó recurso contra esa decisión y solicitó que fuera declarado nulo el acuerdo plenario por haber prescrito la acción fiscalizadora. El tribunal replicó que no cabía esa pretensión, pues la fiscalización está abierta desde el 6 de octubre de 2017 y desde entonces no se interrumpido.

También alegó el PSPV que el acuerdo plenario era contradictorio con uno anterior, del 13 de enero de 2021, en el que se acordaba se acordaba la Aceptación del Informe definitivo emitido por la Intervención sobre la documentación presentada por el Grupo Político de la Diputación "Grupo Socialista", en relación con la dotación económica asignada por el Pleno a las anualidades 2015. El juez replica que son cosas diferentes y que el primero no vulnera el segundo, que es el que se pretende que sea declarado nulo. "El acuerdo recurrido en este proceso, no se opone a la aportación de certificado que resulta del anterior, sino que viene a añadir la aportación de documentación justificativa y realización de auditoría; aspectos que, por otra parte, no hacen sino incorporar una garantía añadida de transparencia", refleja la sentencia. 

Por último, el grupo socialista también cuestionó algunos de los preceptos de la auditoría y la justificación de determinados gastos con el fin de rebatir si debían reintegrase o no. En concreto, el grupo se refería a unos gastos de formación para sus cargos, que el PSPV daba por bien justificados y dentro del normal funcionamiento del grupo y del partido, pero finalmente el juez lo desestima. "No se aprecia la realización de “valoraciones” por la empresa auditora; sino que se ha limitado en su informe al cotejo de la normativa aplicable (en especial el reglamento orgánico de la Corporación) con los gastos objeto de auditoría", concluye el fallo.

Por todo ello, el juez desestima el recurso contencioso-administrado presentado por el PSPV y por tanto, le obliga a reintegrar la cantidad fijada por el informe de intervención. Los socialistas han anunciado que seguirán revertir esa situación en el Tribunal de Cuentas, donde también existe una causa abierta por la justificación de los gastos de los grupos políticos en el periodo 2015-2018.

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