les acusa de administración desleal y apropiación indebida

El juez confirma el procesamiento de los ex consejeros de la CAM por aprobar dietas a Modesto Crespo

19/06/2017 - 

ALICANTE. La sección tercera de la Audiencia de Alicante ha desestimado los recursos de 15 de los ex miembros del consejo de administración de la Caja de Ahorros del Mediterráneo y ha confirmado el procesamiento de la cúpula por los supuestos delitos de apropiación indebida y administración desleal. Todos ellos están imputados por el juzgado número 5 de Alicante, que abrió juicio oral el pasado mes de febrero contra los 21 directivos y consejeros de la CAM en junio de 2016 por la aprobación de las dietas por importe de 600.000 euros al presidente de la entidad, Modesto Crespo.

Con este nuevo auto, la Audiencia de Alicante resuelve el recurso de 15 de los 21 imputados, que recurrieron el auto de incoación de procedimiento abreviado; es decir, la apertura de juicio ahora.

Ahora, el juez estima que existen indicios para continuar la tramitación del procedimiento y ordena dar traslado a las partes acusadoras para que presenten escrito de acusación, soliciten el sobreseimiento de las actuaciones o la práctica de diligencias. En su auto, rechaza que los hechos estuviera prescritos, pues en algunos casos los acusados se enfrentan a penas superiores a los seis años de cárcel.

El caso de Tinser constituye una de las causas penales que implican a los antiguos responsables de esta caja de ahorros y fue instruido, como el resto, por la Audiencia Nacional, aunque se derivó a un juzgado alicantino el pasado año.

La instrucción estaba prácticamente concluida, por lo que el juez Manrique Tejada, en el que recayeron las diligencias, dictó un auto de procedimiento abreviado unos meses después y abrió el juicio oral contra los procesados en junio del año pasado.

La Fiscalía Anticorrupción solicita inicialmente penas de cuatro años de cárcel para el expresidente de la CAM Modesto Crespo y el ex director general de la entidad Roberto López Abad. El ministerio público acusa también a otros 19 exconsejeros por las retribuciones que cobró Crespo, supuestamente de forma ilegal, en Tinser Cartera SL, la sociedad participada por la caja que presidió entre 2009 y 2011.

Anticorrupción sostiene que Crespo percibió en ese periodo 600.000 euros "como retribución por una supuesta dedicación que en Tinser Cartera fue inexistente y que en la CAM" era "gratuita por disposición legal". El ministerio público considera que estos hechos son constitutivos de un delito de apropiación indebida agravada y de un delito de societario de administración desleal, y mantiene que López Abad es "inductor y cooperador necesario" y que Crespo y los otros 19 acusados son "autores".

En este último grupo, tres de los exconsejeros -Antonio Gil-Terrón Puchades, Luis Esteban Marcos y Martín Sevilla Jiménez- se enfrentan a peticiones de tres años de cárcel, mientras que las peticiones de condena para los 16 restantes es de dos años Se da la circunstancia de que una de ellas, la sección primera, confirmó el pasado mes de enero la apertura de juicio oral contra los 21 sospechosos por los presuntos delitos societarios y apropiación indebida.

Los encausados recurrieron en su día tanto la apertura de juicio oral, que fue confirmada por otra sala de la Audiencia de Alicante hace unos meses, como el auto de apertura del proceso contra ellos, que acaba de ser ratificado ahora por la sección tercera de la institución judicial de la provincia.

El tribunal ha determinado que la mayoría de alegaciones planteadas por las defensas en los quince recursos analizados se refieren a  "aspectos que deberán valorarse en el momento del juicio".

Crespo, por ejemplo, había argumentado que la retribución por él percibida no vulneraba ninguna disposición legal, a la vez que destacaba en su recurso de apelación la "dedicación y esfuerzo" con que desempeñó el cargo de presidente ejecutivo de Tinser.

Según la Audiencia, el auto dictado por el juez Tejada cumple las exigencias tanto formales como de motivación, pues detalla "las diligencias practicadas que se estiman esenciales para la determinación de los hechos que se estiman punible y se concretan las personas a quienes se atribuyen".

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