ALICANTE. El fiscal ha solicitado nueve años inhabilitación para el ejercicio de cargo público al alcalde de Benferri, Luis Vicente Mateo, del PSPV-PSOE, por ocultar los reparos de ilegalidad del interventor que ponían en duda sus gastos en dietas y desplazamientos, que además los aprobaba cuando el funcionario se hallaba de vacaciones. Luis Vicente Mateo será juzgado por un supuesto delito de prevaricación.
Los hechos se remontan al 30 de septiembre de 2014, cuando el secretario de la corporación cuestionó los gastos de desplazamiento y representación del primer edil por valor 962 euros, después de constatar que se pagaron "sin su conocimiento", pues el funcionario "estaba de vacaciones". El secretario de la corporación pidió que se paralizara el pago, pero no fue posible porque ya se había realizado la transferencia y se advirtió al alcalde que debía llevar a pleno los informes de reparo para que allí se levantaran y se pudiera dar autorización al pago, según recoge el escrito del Ministerio Fiscal.
Esta práctica se repitió el 8 de octubre de ese mismo año, cuando el secretario volvió a cuestionar otros gastos por valor 472 euros, también en concepto de dietas y desplazamientos.. Y con el mismo modus operandi: el funcionario hizo un informe de reparo, pero los gastos se pagaron sin su conocimiento, pues estaba de vacaciones. Y hubo una tercera vez, con otros gastos por valor de 820 euros por otros gastos del 29 de septiembre, que se cuestionaron, pero que se pagaron aprovechando los días de asueto del funcionario.
Pese a las advertencias de ilegalidad, el alcalde, añade el escrito del fiscal, ordenó mediante un decreto que los informes fueran retirados del registro de entrada del ayuntamiento y pidió asesoramiento al despacho de abogados ACAL. Según el fiscal, "el alcalde acusado, al dictar esa resolución, respecto de la discrepancia planteada, era consciente de lo flagrantemente ilegal y arbitrario de su actuación, conocimiento que tenía por el tiempo que llevaba como alcalde, desde 1999, por su formación académica, siendo su empleo profesor de Primaria".
Como consecuencia de su decisión, consiguió que no se diera publicidad en el pleno municipal de los reparos que se habían planteado a sus gastos en dietas y desplazamientos y se obstaculizaba , sin justificación legal alguna, la labor de control político de la oposición. El representante del Ministerio Público considera que los mendaces propósitos del alcalde eran tales que hasta la presentación de éste escrito de acusación no se ha solicitado el asesoramiento del despacho de abogados ACAL ni a otros organismos, como prometió en 2014 a través de su decreto con el que ordenó su retirada.
Por todo ello, el fiscal concluye que los hechos relatados son constitutivos de un delito de prevaricación administrativa, previsto y penado en el artículo 404 del Código Penal y pide que Luis Vicente Mateo sea condenado a nueve años de inhabilitación para el desempeño de cargo de alcalde, teniente alcalde o concejal de cualquier corporación.