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El Consell tumba una planta fotovoltaica sobre 8 hectáreas de huerta de Dolores en zona inundable

7/12/2023 - 

DOLORES. El Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas de Alicante ha desestimado el proyecto para la construcción de una planta fotovoltaica denominada "FV LLOBREGALES" y su infraestructura de evacuación. El proyecto estaba promovido por Promociones Unionesa SLU, y pretendía asentar esta instalación a lo largo de casi ocho hectáreas de la huerta de Dolores. En concreto, según la resolución, la planta, con una potencia a instalar 3.500 kW,  estaba proyectada sobre las parcelas 20, 22 y 25 del polígono 4 del municipio, ubicadas frente al Polígono Industrial los Azarbes de la localidad, al otro lado de la vía que lleva hasta la carretera de Dolores en su conexión con Elche. 

El proyecto se encontró desde el principio con el rechazo de colectivos ecologistas como la Asociación de los Humedades del Sur de Alicante. Desde el colectivo han aplaudido esta resolución pero señalan que "no entendemos es que se hayan autorizado las plantas solares de Catral y Callosa sobre terrenos de las mismas características, plantas contra las que también alegamos en su momento. También tendrían que haberse denegado.

Desde el Consell han tomado como referencia para desestimar este proyecto los informes que señalaban que se trata de un terreno de elevado carácter agrícola, además de que se ubica en zona inundable. En uno de los informes realizados por el Consell, se determina que "la instalación de la planta solar “FV LLOBREGALES”, en el término municipal de Dolores se encuentra afectada por ocupación de suelo de muy elevada capacidad agrológica, siendo por tanto la planta no viable. Posteriormente, el promotor presentó un escrito de respuesta para formular reparos al citado informe del Servicio de Gestión territorial dependiente de la Dirección General de Política Territorial y Paisaje, en el que propone la conversión de la central fotovoltaica a una instalación agrovoltaica, que permita conservar el uso agrícola del terreno, opción ésta que el promotor considera posible conforme a la normativa del Plan de Acción Territorial de la Vega Baja.

Sin embargo, al no estar aprobado el PAT, y ubicarse el suelo donde se pretende implantar la planta solar fotovoltaica (o su nueva versión agrovoltaica), en zona afectada en su totalidad "por riesgo de inundación para periodos de retorno de 500 años, con calados superiores a 1,5 metros en gran parte de su superficie, dando por asimilación de la Normativa del PATRICOVA, nivel 5 de peligrosidad por inundación. Como recoge la Normativa del PATRICOVA en su artículo 18.2, se prohíbe la implantación de plantas fotovoltaicas en suelo con dicho nivel de afección.

Por tanto, el promotor tendrá que buscar una nueva ubicación para sacar adelante esta planta fotovoltaica. 

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