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accede a la petición vecinal y acuerda la ejecución de la sentencia de la zas

El conflicto del ruido: el juzgado insta al bipartito de Alicante a aplicar límites al ocio en el Centro

1/12/2020 - 

ALICANTE. El Juzgado de lo Contencioso número 4 de Alicante vuelve a resolver a favor de la Asociación de Vecinos de Centro Tradicional de Alicante en el litigio planteado por el conflicto del ruido que los residentes asocian a la concentración de locales de ocio y hostelería en las calles del barrio. Un año después, la titular del juzgado estima la petición cursada por la representación legal de los residentes y conmina al Ayuntamiento de Alicante a ejecutar la sentencia dictada en noviembre de 2019, por la que obligaba a acordar la declaración de Zona Acústica Saturada (ZAS) en el perímetro de calles situado en torno al eje peatonal de Castaños. En función de esa sentencia, el equipo de Gobierno (el bipartito compuesto por PP y Cs) quedaba expuesto a aplicar limitaciones a la implantación de nuevos negocios e, incluso, imponer restricciones a aquellos establecimientos que no cumpliesen con los límites de emisiones sonoras previstos en la normativa autonómica.

Ahora, en un auto notificado este lunes, al que tuvo acceso este diario, la jueza acuerda, así, la ejecución provisional de esa sentencia previa tras subrayar que los recursos de apelación contra ese fallo -presentados por el Ayuntamiento, por la Asociación de Locales de Ocio y Restauración (Alroa) y por varios empresarios a título particular ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV)-, no podían tener un efecto suspensivo, al tratarse de una decisión acordada respecto a un procedimiento especial, de protección de derechos fundamentales. 

Así, concreta que "el contenido de la sentencia de instancia es ejecutable desde el momento de su dictado, sin que sea necesario un pronunciamiento ulterior que valore la procedencia o no de la ejecución provisional". En consecuencia, el juzgado concluye que se debe desestimar "todos los motivos de oposición esgrimidos por las partes en la vista de la ejecución provisional de la sentencia" celebrada el pasado mes de septiembre "sin necesidad de entrar a valorarlos". En esta línea, se limita a sostener que el Ayuntamiento debe "proceder al cumplimiento del fallo contenido en la sentencia", en consonancia con la posición que mantuvo la Fiscalía durante la celebración de esa vista, como informó Alicante Plaza.


La resolución, además, tampoco cree conveniente acordar la imposición de la fianza solicitada por los representantes del sector de la hostelería, con el propósito de que la Asociación de Vecinos pudiese resarcir sobre el perjuicio ocasionado por las restricciones que conllevaría la ZAS en el caso de que el TSJ aceptase sus recursos y revocase la sentencia original.

¿En qué situación queda ahora el litigio? Por el momento, el auto por el que se acuerda la ejecución de la sentencia es recurrible, así que tanto el ayuntamiento como Alroa y los empresarios hosteleros personados a título particular deben valorar ahora la oportunidad de presentarlo. En cualquier caso, ese recurso no liberaría al Ayuntamiento del deber de retomar los trámites para acordar la ZAS. En principio, PP y Cs ya anunciaron el inicio del expediente para implantar esa figura con nuevas medidas que permitiesen rebajar los niveles de ruido, al margen de las ya introducidas a través de la última modificación del Plan Especial del Centro, en agosto de 2018. Entre ellas, se acordó el aumento de las distancias de separación entre locales, por ejemplo.

Eso sí, desde que se anunció esa decisión, tan solo se ha dado a conocer la elaboración de informes consultivos a varios departamentos municipales (Urbanismo, Ocupación de Vía Pública y Medio Ambiente) sin que se haya sustanciado ninguna restricción adicional.

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