alegaciones contra la suspensión cautelar

El Ayuntamiento defiende ante el juez los decretos de paralización de los graneles dictados por Pavón  

28/11/2017 - 

ALICANTE (EP). Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Alicante han presentado este martes las alegaciones previstas a la medida cautelar solicitada por una mercantil dedicada a la descarga de graneles en el Puerto de Alicante, contra el decreto de la Concejalía de Urbanismo, emitido por el exedil del área Miguel Ángel Pavón (Guanyar), en el cual suspendía la actividad de estiba, desestiba, descarga, trasbordo de mercancías y graneles pulverulentos.

La medida cautelar decretada por el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Alicante permitía a una de las empresas recurrentes (Bergé Marítima) volver a la actividad tras la suspensión decretada por el exedil, pero según han confirmado a Europa Press fuentes municipales, los servicios jurídicos del consistorio se han personado este martes en una vista celebrada en el juzgado, a fin de presentar las alegaciones. Así, según las mismas fuentes municipales, el tribunal deberá resolver a lo largo de esta semana si mantiene la medida cautelar decretada a instancias de la mercantil o la levanta e impide de nuevo la descarga de graneles en el puerto.

En el auto que decretaba la paralización de la suspensión decretada por Pavón, el juez entiende que dicha suspensión "genera directas consecuencias en la prestación del servicio público portuario de manipulación de mercancías -siendo éste un servicio público esencial de titularidad estatal-, afectando asimismo a un elevado número de empleados y usuarios de dicho servicio".

Además, el auto apreciaba que "reside en el núcleo de la cuestión controvertida la determinación del instrumento ambiental municipal adecuado para el ejercicio de la actividad", pues el Ayuntamiento cree que debe ser la licencia de actividad y la empresa demandante argumenta que es suficiente con la declaración responsable.

Ante esto, el juez resolvía que el marco normativo establece que "las actividades relacionadas anteriormente podrán tramitarse mediante el procedimiento de declaración responsable si junto a dicha declaración y la documentación exigible, el interesado aportase la correspondiente autorización o instrumento de intervención sectorial privada", dando con ello la razón a la mercantil.

En estos casos de adopción de medidas cautelarísimas el juez las emprende sin escuchar a las partes, a las que debe recibir en los tres días posteriores a la resolución. Este martes el Ayuntamiento se ha personado en la causa para alegar contra el levantamiento de la suspensión, y la asociación de consumidores José María Mena ha presentado un escrito ante el juzgado, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que también solicita personarse como interesada y presentar alegaciones al auto del juez que permite a la empresa seguir descargando graneles.

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