en base a la resolución del consell jurídic consultiu

El Ayuntamiento de Benidorm no revisará las contribuciones de la Subzona C

23/09/2020 - 

BENIDORM. El pleno del Consell Jurídic Consultiu (CJC) celebrado el pasado 16 de septiembre dictaminó que no procede la revisión de oficio de las contribuciones especiales de la Subzona C. Lo hacía después de que el Ayuntamiento de Benidorm enviara la consulta a este órgano para dar por zanjada la posible revisión de estos casos. Hay que recordar que el Consistorio suspendió este proceso en junio de este año a la espera de esta resolución.

Como se recordará, hace más de una década, giraron unas contribuciones especiales para sufragar los gastos de la urbanización de ese barrio. Se hizo en dos ocasiones. Pero los vecinos no estaban conformes con el pago del segundo, por lo que la mayoría decidieron batallar en los juzgados.

El Consistorio había abierto en 2019 una revisión de oficio para estudiar los casos después de que una sentencia diera la razón a los 13 vecinos que habían denunciado juntos. Hasta ese momento, todas las resoluciones habían sido a favor del Ayuntamiento. Sin embargo, este motivo no es suficiente para que el CJC considere necesario revisar la nulidad de las contribuciones especiales por cuanto considera que no se ha justificado lo suficiente al amparo de lo que recoge la Ley de Haciendas Locales.

Así, señala que desde el punto de vista procedimental, "debe entenderse que la aprobación de la Ordenanza Fiscal, de la que deriva la concreción e individualización de las contribuciones especiales giradas, se ha ajustado a los trámites esenciales previstos en los artículos 49 y 70.2 LBRL y 17 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales (LHL), y normativa concordante".

Del mismo tenor se pronuncia con  la tramitación de las liquidaciones definitivas "respetando lo previsto en los artículos 33 a 35 y 38 TRLHL y la Ordenanza Fiscal publicada el 10 de mayo y 27 de abril de 2002 en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante". A lo que añaden que "el tributo elegido para costear el proyecto de urbanización también ha sido correcto, al igual que el procedimiento seguido".

Además, consideran que el proyecto de urbanización aprobado por acuerdo del 20 de septiembre de 2000, que ha sido declarado nulo y lo aportan para exigir la devolución de las contribuciones especiales, no es suficiente: "Según ha determinado la sentencia invocada por los recurrentes (ST 30 de diciembre del 2015), y aun siendo un requisito sustantivo, no constituye un trámite en el procedimiento de aprobación de las Contribuciones Especiales de la Subzona C".

Por lo que el CJC elimina todas las posibilidades y argumentaciones para reclamar los pagos efectuados por los vecinos. Éstos se dividen en dos grupos. Por un lado están los que tienen sentencia firme y, por tanto, como cosa juzgada no se puede revisar. Y por otro lado están los que no han llegado a recurrir y pagaron la contribución, pero quieren que se les revise su caso una década después. Una tesis que apoya a la defensa del Ayuntamiento de Benidorm.

De este modo, Benidorm se salva de un buen mordisco a las arcas municipales. Hay que tener en cuenta que las estimaciones del Consistorio apuntan a que las contribuciones abonadas en su momento por los 90 propietarios podrían ascender a dos millones de euros. La sentencia contraria ya les obligó devolver 220.000 euros a los denunciantes.

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