NOVELDA. El equipo de gobierno del Ayuntamiento del Novelda propondrá al pleno la modificación del Reglamento Orgánico Municipal (ROM) para que, según ha expuesto el alcalde, Armando Esteve, “se ciña a la Ley y garantice los derechos económicos de los concejales” estén o no adscritos a grupo municipal. La decisión se adopta después de que el alcalde haya abandonado el partido UPyD y esté considerado como un no adscrito. Y pese a ello, el alcalde mantendrá su retribución de 1.500 euros mensuales avalado por un informe que determina que la retirada de esta retribución sería “contraria a derecho si se basa exclusivamente en el hecho de pertenecer o no a un grupo político municipal”, según informó ayer el ayuntamiento a través de un comunicado.
El informe encargado por el alcalde, elaborado por una consultora externa, ha sido presentado ante el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana para que se pronuncie por si entra en contradicción con lo establecido en el Reglamento Orgánico Municipal de Novelda, que determina que los miembros no adscritos de la corporación no podrán obtener ningún tipo de remuneración económica. Pese a ello, Esteve recuerda que el Tribunal Constitucional reconoce a los cargos públicos no adscritos derechos básicos y económicos e insiste en que "el suyo no es un caso de transfuguismo, “un término que se utiliza con demasiada alegría”, ya que se define como tránsfuga a quien pacta con otras fuerzas políticas para cambiar o mantener la mayoría gobernante en una entidad local y, en su opinión, en el caso de Novelda, “estamos en el caso contrario”, ha afirmado el primer edil. Es decir, el gobierno se mantiene, aunque ahora hay concejales de UPyD, no adscritos y del PP.
El informe presentado por Esteve, según sus propias declaraciones, se ampara en la Constitución, que “deja muy claro que el mandato de los representantes públicos es un mandato libre no sometido a voluntades ajenas de organizaciones o grupos políticos, por tanto los cargos públicos nos debemos a los ciudadanos mucho antes que a los grupos municipales o partidos políticos”, y en variada legislación para afirmar que “existen una serie de derechos inherentes a cualquier cargo público y no pertenecen ni a los partidos ni a los grupos municipales”.
Por todo ello, considera que "no se puede penalizar a los representantes públicos con la pérdida de la retribución ligada al desempeño de sus funciones y tareas por el hecho de dejar de formar parte de un grupo municipal", ya que “esto no favorece la igualdad con el resto de miembros de la corporación con la que debe contar para desarrollar su trabajo”.