Educación elimina el requisito del valenciano a los inspectores en un concurso de traslados

21/11/2024 - 

VALÈNCIA. Polémica a la vista. La Conselleria de Educación que dirige José Antonio Rovira ha convocado un concurso de traslados del Cuerpo de Inspectores que podría acabar en los tribunales. De hecho, el sindicato mayoritario de Educación, STEPV, ya ha anunciado que presentará un recurso de reposición ante la administración y, en caso de no prosperar, presentarán un recurso contencioso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). 

El origen de la polémica es el siguiente: la Conselleria de Educación publicó el pasado 4 de noviembre las bases de la convocatoria del concurso de traslados del Cuerpo de Inspectores. En ellas se recogía que los aspirantes debían contar obligatoriamente con un nivel C1 de valenciano -antiguo Grau Mitjà-. Sin embargo, apenas nueve días después, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicó una corrección de errores mediante la que eximía a los aspirantes de acreditar sus conocimientos de valenciano. 

"Para solicitar puestos de trabajo de este cuerpo hay que acreditar estar en posesión del certificado de nivel C1 de conocimientos de valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià o equivalente, excepto para el personal que tenga el Certificat de Capacitació per a l’Ensenyament en Valencià, el Diploma de mestre de Valencià o certificado de nivel C2 de conocimientos de valenciano de la JQCV o equivalente, expedido y registrado en fecha igual o anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitudes", exponían las bases de la convocatoria. 

La corrección de errores, sin embargo, cambiaba el redactado de este párrafo: "Los puestos de trabajo de este cuerpo quedan exentos del requisito lingüístico de valenciano". En su lugar, según la nueva resolución, el conocimiento de la lengua cooficial sería tenida en cuenta como un mérito y no como un requisito de acceso. 

Una modificación que, según los sindicatos, iría en contra de la Ley de Libertad Educativa aprobada por el PP en la que los populares modificaron las exigencias del conocimiento del valenciano a diferentes cuerpos de docentes de la Comunitat que decretaba la Ley de Plurilingüismo.

¿Qué dice la Ley?

La Ley de Libertad Educativa establece en su artículo 17 que con carácter general, "el profesorado que imparta docencia en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Educación de Personas Adultas, deberá acreditar un nivel de conocimiento C1 de valenciano, de acuerdo con el Marco común europeo de referencia para las lenguas, para poder vehicular áreas, materias, ámbitos y módulos no lingüísticos en dicha lengua. En el resto de enseñanzas, para el profesorado, y para el resto de cuerpos docentes, los conocimientos de valenciano no serán un requisito, y serán tenidos únicamente en cuenta como mérito". 

"El cuerpo de Inspectores de Educación es un cuerpo docente (disposición adicional séptima de la LOE). Por tanto, entra en el inciso 'para el resto de cuerpos docentes', y así los conocimientos de valenciano no son requisito, sino mérito", explican desde la Conselleria de Educación. 

Sin embargo, los sindicatos no entienden lo mismo y la polémica que se ha generado en torno a esta convocatoria es considerable. No en vano, la ley también incluye una disposición derogatoria en la que se especificaba aquellos cuerpos docentes que quedaban exentos de acreditar conocimientos de valenciano. 

En concreto, serían los siete cuerpos docentes que planteaba la Orden 90/2013: "Cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria y de profesores de secundaria, en aquellas especialidades que no dispongan de atribución docente para impartir Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Básica de Personas Adultas"; también los "especialistas en sectores singulares de la formación profesional"; los "cuerpos a extinguir de profesores técnicos de formación profesional"; los "catedráticos y profesores de música y artes escénicas"; "catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño"; "maestros de taller de artes plásticas y diseño"; y el "cuerpo de catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas". 

Entre ellos, por tanto, no se eximía al cuerpo de inspectores, explican. Y cuestionan el motivo por el que, mediante una corrección de errores, la Conselleria ha modificado los requisitos de acceso a este concurso de traslados que, al fin y al cabo, permitirá que inspectores de otras comunidades autónomas opten a una plaza. 

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