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intervención de la generalitat cita los gastos no relacionados con la actividad subvencionada 

De reparaciones de vehículos a una nave de su padre: las ayudas indebidas a Francis Puig 

13/07/2023 - 

VALÈNCIA. El informe de la Intervención de la Generalitat sobre las ayudas públicas a Francis Puig, hermano del jefe del Consell en funciones, Ximo Puig, y los Adell Bover, expone una serie de gastos no relacionados con la actividad subvencionada. La pericial ha sido remitida al juzgado de Instrucción número 4 de Valencia, encargado de la causa sobre el presunto fraude en las ayudas públicas a la promoción del valenciano en medios, y concluye que las mercantiles vinculadas al empresario y sus socios recibieron de forma indebida un total de 67.504 euros. El total de subvenciones analizadas ha sido de 625.721 euros, por lo que las percibidas de manera irregular representarían alrededor del 10,8%. Además, la cantidad no alcanza los 120.000 euros, límite a partir del cual se enmarca el delito de fraude de subvenciones.

El informe recuerda que los parámetros que han seguido los interventores para determinar los gastos susceptibles de ser subvencionados han sido: que se han realizado en el plazo de tiempo señalado por la convocatoria; que la naturaleza del gasto soportado en la factura se identifica como una tarea propia de la actividad de emisión de radio o televisión o de elaboración de prensa, escrita o digital (producción/adquisición de contenido, edición/maquetación de contenidos y los trabajos propios de emisión/difusión en valenciano de los mismos); y que el gasto se ha pagado efectivamente a los proveedores y trabajadores en el plazo de tiempo señalado por la convocatoria para presentar la cuenta justificativa.

Con todo ello, lo que sí ha detectado la Generalitat es que hubo una serie de gastos usados para justificar las ayudas que no tenían nada que ver con el objeto de éstas. Un ejemplo son varias facturas por unos 6.000 euros en total correspondientes al alquiler de una nave abandonada que se encuentra en Morella y que pertenece al padre de Francis y Ximo Puig. El espacio, hasta donde se ha podido comprobar, no fue utilizado como sede de ninguno de los medios de comunicación del hermano del presidente de la Generalitat, así que no guarda relación directa con su actividad. 

Lo mismo sucede con varios gastos en vehículos. Los que más se repiten son los de suministro de combustible y las facturas de gasóleo, aunque también aparecen reparaciones de coches, pago de impuestos o abono de ITV. La Intervención remarca que no consta acreditado la necesidad del desplazamiento para la realización de la actividad subvencionada. 

Francis Puig, en los juzgados. Foto: EDUARDO MANZANA   

Otros de los gastos son facturas de teléfono no correspondientes con un centro de trabajo; facturas por alojamientos en hoteles y compra de billetes de tren; la reparación de un aparato de aire acondicionado; la instalación de un split de aire acondicionado; o la adquisición de una impresora mediante leasing

Aparecen, igualmente, servicios de contenidos, algún gasto en nómina duplicado, facturas de asesoría y de servicios de administración, facturas sin pago material acreditado o gasto por IVA soportado no permitido.

La pericial sostiene que el importe indebidamente percibido por Canal Maestrat (de los Adell Bover) asciende a 24.264,65 euros; el de Comunicacions dels Ports (administrada por Francis Puig) fue de 33.842,48 euros; y el de Mas Mut (también de este último) fue de 9.397,00 euros. 

Se da la circunstancia de que este informe forma parte de las últimas diligencias pendientes de recibir por parte del juzgado debido a que la instrucción ha finalizado de manera precipitada tras un error procesal. En mayo ya fue remitido el escrito de la Generalitat de Cataluña, que señalaba que no existe duplicidad en las ayudas públicas concedidas al empresario y que no podría determinar la falsedad documental. Ahora sólo resta el de la Guardia Civil, tras lo cual el magistrado deberá decidir si archiva la causa o dicta auto de procedimiento abreviado –equivalente al procesamiento– para los investigados, lo que supondría el paso previo a la apertura de juicio oral. 

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