BENIDORM. El Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana ha avalado la decisión del Ayuntamiento de Benidorm de resolver el contrato con la concesionaria de la zona azul. El municipio había constatado hasta siete incumplimientos que justificarían terminar la relación contractual. Ahora, el ente valenciano además de dar la razón al Consistorio, también marca el desenlace, como la incautación de la garantía o el derecho a la indemnización por parte de la administración local. Preguntado sobre este asunto, el concejal de Movilidad, Francis Muñoz, indicó a este diario que seguirán con el procedimiento ordinario.
El pleno de septiembre servía para archivar el expediente sancionador abierto para finalmente abrir un procedimiento para resolver el contrato entre ambas partes. Esta última recogía la obligación de que la concesionaria tenga que hacerse cargo del servicio hasta la nueva adjudicación, por lo que no se interrumpe ni la grúa ni la zona azul.
El contrato de adjudicación se firmó el 4 de mayo de 2015, gobernando el PSOE y a semanas de iniciarse el proceso electoral que finalmente ganaría en minoría el PP. La concesión recayó en la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por Autobuses Playa de San Juan SA y Sociedad Ibérica de Construcciones Eléctricas SA (Sice). Se formalizaba por 10 años. Por lo que estaría a año y medio de terminar.
Algunas de las faltas detectadas vienen cometiéndose desde hace años, pero no se ejecutó por parte del Consistorio hasta que la denuncia ciudadana puso el foco en el cobro de una tasa por gestiones en la app de pago de la zona azul. Una cuantía que siguieron cobrando a pesar de que desde el Ayuntamiento se les requirió que no lo hicieran. A este respecto, incluso han pedido que se reembolse a los usuarios el importe de más. Además, el informe del Consultiu recoge que otras administraciones locales usan la misma app y no repercuten ninguna tasa al usuario.
Los siete incumplimientos son los siguientes: Cobrar más de lo que establece la tarifa aplicable, no comunicar al Ayuntamiento la recaudación adicional de unos supuestos gastos de gestión no aprobados, reducción del personal adscrito al contrato sin autorización municipal, cese de la asistencia técnica actual, incumplimiento de existencia de oficina en vía con estacionamiento regulado, incumplimiento con el cajero automático expendedor al no expender dinero e incumplimiento con materiales y equipos de oficina. Todos estos incumplimientos son calificados como "infracción muy grave" y cinco de ellos, según el informe técnico, conllevan "la resolución inmediata del contrato".
La resolución del Consultiu hace un repaso de la versión del municipio y las alegaciones de la empresa, todas ellas rechazadas. A modo de ejemplo, en cuanto a la reducción del personal, afirmaban que tenían los que creían convenientes sabiendo que ellos organizan el servicio. Sin embargo, el pliego recoge que es la dirección facultativa la que tiene que autorizarlo y que hay unos mínimos que no se cumplen.
Finalmente, el Consultiu considera que están acreditado los "reiterados incumplimientos por parte del contratista" por su "carácter esencial en cuanto al cobro de más de lo que establece la tarifa aplicable y muy graves del resto de de los incumplimientos y en todo caso por el número de estos y su reiteración en el tiempo, dan lugar a acordar la resolución del contrato". Como efecto, además, deriva según la resolución del ente valenciano la incautación de la garantía y el derecho a la indemnización a la administración por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía.