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tribuna / OPINIÓN

Cómo reclamar los daños de la gota fría

19/09/2019 - 


Las graves inundaciones que han afectado al Mediterráneo, especialmente en las provincias de Alicante y Murcia, han ocasionado innumerables daños, tanto personales como en bienes materiales. Es momento de cuantificar dichos daños y actuar para dar una solución lo más ágil posible, a las personas que se han visto afectadas. A partir de este momento, el Consorcio de Compensación de Seguros y las Compañías Aseguradoras junto a nuestros mediadores, ponemos en funcionamiento la maquinaria para dar cobertura a los daños causados, por esta catástrofe natural. De esta forma, cualquier persona que tenga contratado un seguro para su vivienda, negocio o vehículo, tiene cobertura gracias al Consorcio. Un organismo que se encarga de gestionar las reclamaciones e indemnizaciones, en situaciones excepcionales como la que acabamos de sufrir.

Información y prevención

Cuando recibimos información acerca de la proximidad de una situación meteorológica de estas características, debemos saber cómo actuar con el fin de minimizar los daños y riesgos que se puedan producir. Por tanto, la serenidad y la prudencia, son fundamentales para hacer frente a estas situaciones de riesgo. Así,  “nuestra principal recomendación es adoptar todas las medidas preventivas necesarias, especialmente en el hogar y cuando circulamos con el coche. Además de estar atentos a los avances del temporal en los principales canales meteorológicos”.

¿Qué medidas preventivas podemos adoptar en casa?

Aunque nos quedemos en casa, seguimos expuestos a ciertos riesgos. Por ello, podemos seguir las siguientes recomendaciones:

  • Evitar la entrada y acumulación de agua en la vivienda. Cerrar ventanas y plegar los toldos, así como limpiar los desagües y las salidas de agua de los balcones.
  • Dejar los coches fuera de garajes o zonas inundables. También salvaguardar objetos de valor, en trasteros ubicados en la parte baja de los edificios.
  • Estar preparados ante la posibilidad de cortes de luz transitorios.
  • En casas unifamiliares o adosadas, ante el riesgo de inundaciones, es recomendable subir a las plantas superiores.

¿Y si necesitamos coger el coche?

Lo más recomendable, cuando se avecina una situación de este tipo, es no coger el vehículo. Aun así, existen circunstancias que nos obligan a desplazarnos y es en este punto, en el que debemos seguir algunas recomendaciones básicas:

  • Es fundamental incrementar la distancia de seguridad por dos, incluso por tres. Los tiempos de reacción cuando la lluvia es persistente, se reducen. Además la visibilidad no suele ser muy buena y los neumáticos, necesitan más distancia para detener el coche completamente.
  • Obviamente, reducir la velocidad y circular con marchas más cortas. Principalmente, se aconseja circular por autovías, autopistas y obviar carreteras secundarias.
  • Limpiaparabrisas siempre en buen estado. Parece una obviedad, pero su uso en la conducción bajo la lluvia es vital para evitar percances.
  • En el caso de fuerte tormenta, con visibilidad muy reducida, debes utilizar las luces antiniebla, junto con las de carretera. Tienes que ver y ser visto.
  • Evitar pasar grandes charcos o cauces de agua, aunque conozcamos la zona o hayamos pasado en otras circunstancias. La crecida del agua es inmediata y tiene más fuerza, de lo que podemos imaginar. Si aun así, se produce esta situación, es vital que salgas cuanto antes del coche y te pongas a buen recaudo.


Ante una situación de emergencia

Si se diera el caso, la recepción de emergencias se canaliza a través del número gratuito 112.

En caso de precisar ayuda relacionada con el seguro, recomendamos contactar con su mediador de seguros. Es la persona que mejor puede orientar al afectado, sobre los pasos a seguir, tanto con la Compañía Aseguradora, como con el Consorcio. Su ayuda es fundamental, para agilizar los trámites y orientar en estos primeros pasos. También puedes llamar a los teléfonos de atención habilitados tanto por tu Compañía, como por el Consorcio (900 222 665 – 952 367 042). Por supuesto, una vez producido el daño, debemos cumplir con todas las medidas que nos trasladen las Fuerzas de Seguridad del Estado. Así como seguir con atención los medios de comunicación, para el seguimiento del temporal y ante posibles recomendaciones.

Cómo reclamar daños

Normalizada la situación ha llegado el momento de reclamar y valorar los daños. Conforme hemos señalado anteriormente, la labor del Mediador de seguros es fundamental, para ayudar y orientar al perjudicado, desde la comunicación del siniestro hasta su resolución, estando siempre a nuestro lado en todos los trámites que se precisen.

Para comunicar los daños y solicitar la indemnización correspondiente, el afectado puede ponerse en contacto con su Compañía de Seguros o directamente, con el Consorcio. No obstante, dependiendo de la casuística de los daños originados por la tormenta, cada entidad se encarga de dar cobertura a un tipo de daño. Concretamente:

  • COMPAÑIAS DE SEGUROS: tienen cobertura los daños producidos por filtraciones a través de cubiertas y paredes, como los causados por el viento; siempre que se superen los límites establecidos en la póliza contratada. Para ello, será necesario contactar directamente con la entidad aseguradora o a través de su red de mediación, para notificar los hechos. Dependiendo de las circunstancias se remitirán profesionales cualificados para la reparación del daño o su valoración, para su posterior indemnización.
  • CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS. Tienen cobertura los daños causados por entrada de agua a ras de suelo, los daños causados por inundación, escorrentías y desprendimiento de terrenos. En vehículos todos los daños causados por la inundación o arrastre de los mismos por la fuerza del agua.
  • La solicitud de la indemnización al Consorcio, tanto en el caso de daños personales como materiales, se puede presentar directamente por el propio asegurado, como por el tomador o por sus respectivos representantes; o bien a través de la entidad aseguradora con la que se contrató la póliza o del mediador de seguros, que intervino en su contratación.
  • Para que el Consorcio actúe, es necesario por tanto, tener contratado previamente un seguro (de coche, de vida, de hogar o agrario, por ejemplo) y que el recibo esté abonado a la compañía aseguradora, en el momento de la ocurrencia del daño.
  • En el caso de solicitar indemnización por daños materiales, la forma más rápida y sencilla es presentar la solicitud por una de las siguientes vías: por teléfono, llamando al 902 222 665 o al 952 367 042 (lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas) o bien online, desde la propia página web del Consorcio de Compensación de seguros.
  • Será necesaria la siguiente documentación:
  • Compañía de Seguros y número de póliza.
  • Datos de quién notifica el siniestro y del asegurado si fueran personas distintas: nombre, CIF, dirección y personas de contacto.
  • Datos bancarios para el posterior cobro de la indemnización.
  • En el caso de daños a vehículos: marca, modelo, matrícula y de encontrarse en un taller de reparación los datos del mismo incluyendo su teléfono para agilizar su valoración.

Posteriormente el perito asignado se pondrá en contacto con el perjudicado para acordar una visita y valorar los daños, siendo conveniente para agilizar el trámite del expediente:

  • Conservar los restos de los bienes dañados y de no ser posible fotografías antes de su retirada
  • Conservar facturas en caso de realizar alguna reparación de urgencia.
  • Presupuestos/facturas de la reparación de los daños, dos ejemplares(original y copia) de la póliza y del recibo pagado en vigor en el momento del siniestro, y algún recibo o documento donde conste el número de cuenta a la que se hubiera solicitado en la llamada al Consorcio el abono de la indemnización.

Miguel Richart es director de Siniestros de La Unión de Alcoyana

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