contra la alcaldesa, la concejala de deportes y la empresa 

Archivada la denuncia por las irregularidades en la contratación de la Media Maratón de Santa Pola de 2018

11/01/2019 - 

SANTA POLA. El juzgado número 5 de Elche ha acordado el archivo de la denuncia que en su día presentó la Fiscalía Anticorrupción contra la alcaldesa de Santa Pola, Yolanda Seva; la concejala de Deportes, Loli Tomás, y la empresa organización de la 29 edición de la Media Maratón, en 2018 2018, por supuestas anomalías en la contratación del evento. En su día, las irregularidades fueron denunciadas por los concejales del PP, ahora en la oposición.

La denuncia se presentó en marzo de 2018 contra las dos responsables del PSOE y la empresa Educanova por supuestos delitos de prevaricación, fraude y malversación de fondos públicos. La denuncia recayó en el juzgado número cinco, quien tomó a la declaración a los tres investigados: el representante de la empresa y a las dos regidoras socialistas. 

La juez considera que tras las pruebas practicadas no se desprende "ni intereses espúreos ni perjuicio relevante para el Ayuntamiento de Santa Pola, ni se ha detectado una evidente ilegalidad en las decisiones adoptadas". En todo caso, la juez abre la vía a que "los denunciantes lleven las ilegalidades denunciadas en la vía contencioso administrativa, siendo la vía penal la última ratio". Además, la juez desestima las pretensiones de los concejales del PP analizar las investigaciones entre el ayuntamiento y la empresa por la organización de más pruebas deportivas. Y es que los populares consideraban que la empresa Educanova había recibido un supuesto trato de favor al permitírsele la organización, además de la media maratón, de otras pruebas como el triatlón cross o el duatlón cross en 2017.

Ante esta pretensión, la juez considera "tras la reforma operada por la Ley Orgánica 41/2015, de 5 de Octubre  del tenor delartículo 17.1 de la LECRIM, cada delito dará lugar a la formación de una única causa”; es decir, a su juicio, no se puede hablar de decisiones conectadas. "Los nuevos hechos objeto de la denuncia no están sujetos a las reglas de conexidad establecidas en el art. 17.2 LECRIM y si bien podrían estar  comprendidos en el art. 17.3 aún cuando los delitos no sean conexos, siempre que hayan sido cometidos por la misma persona y guarden analogía o relación entre sí, requieren petición del Ministerio Fiscal, salvo, y el Juez podrá acordarlo salvo que suponga excesiva complejidad o dilación para el proceso, por lo que no es posible ampliar el presente procedimiento a ningún nuevo hecho ni nuevos investigados, sin perjuicio de que se presenten las respectivas denuncias por cada hecho de forma independiente", concluye la juez, razón por la cual acuerda el archivo de las diligencias, que pueden ser recurridas.

"No es posible realizar una investigación instrospectiva que abarque toda la la vinculación del Ayuntamiento de Santa Pola y sus miembros de gobierno con la mercantil  Educanova y Consultores SL", insiste el fallo judicial.

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