VEGA BAJA

La Asociación de Vecinos de San Miguel recurre la modificación del plan parcial “Los Invernaderos”

La entidad exige más vivienda de protección pública y evitar que se concentren todas en una misma parcela

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La asociación de vecinas y vecinos de San Miguel de Salinas ha presentado un recurso de reposición a la aprobación definitiva de la tercera modificación del plan parcial  SUS-A “Los Invernaderos”. La asociación ha presentado recurso de reposición al acuerdo plenario de fecha 30 de diciembre de 2024 en el que se desestimaron la totalidad de las 21 alegaciones presentadas por la entidad. La modificación proponía, entre otras, el aumento de la densidad y su concentración en ocho torres de planta baja y 7 alturas en la parte del ensanche lindera al casco urbano y la ubicación de las viviendas protegidas en la misma parcela.

 

La Junta Directiva, conocidos los informes técnicos de rechazo a sus alegaciones, decidió presentar recurso de reposición focalizado sólo en tres de sus alegaciones: las referidas al escaso número de viviendas protegidas del plan, a su concentración en una misma parcela y a la deficiente conectividad y movilidad en el Sector.

 

Las viviendas del plan parcial, según datos de la mercantil, desde su aprobación inicial pasarán de 1.582 a 2.204. Las viviendas con algún régimen de protección pública serán sólo 90. La asociación pidió en sus alegaciones, según el Real Decreto Legislativo 7/2015 de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, que la reserva de suelo para vivienda protegida fuera del 30 % de la edificabilidad residencial del sector, que equivale a 48.886 m² /c. Las 90 viviendas protegidas suponen sólo 11.168 m² /c de ese total.

 

En la respuesta dada por parte del Gabinete Jurídico se esgrime que esta previsión se refiere cuando se trate de “suelo rural que vaya a ser incluido en actuaciones de nueva urbanización” y que éste no es el caso porque el sector está ya altamente urbanizado.

 

La asociación ha replicado que las actividades de urbanización, según la referida Ley del Suelo, se inician con la aprobación del correspondiente programa y finalizarán cuando concluyan las obras de urbanización y, aún más, la terminación se presumirá cuando se produzca la recepción de las obras por parte de la Administración pública actuante, el Ayuntamiento (artículo 7.4 de la referida Ley). El plan parcial, por inacabado, todavía no ha sido recepcionado.

 

Por tanto, a los efectos que nos conciernen, el proceso urbanístico de nueva urbanización mediante la recalificación de suelo rústico a urbano, todavía no ha finalizado a causa de las diferentes vicisitudes por las que ha atravesado el Sector; aunque se encuentre altamente urbanizado; según lo expresado en la referida Ley del Suelo.

 

La mercantil pide la concentración de los viviendas protegidas en la misma parcela, una medida mercantilista y segregacionista, que sacrifica los valores de la cohesión e integración social. La asociación se opone a esta medida.

 

La legislación urbanística, tanto estatal como autonómica, aboga por medidas que propugnen la cohesión y la integración social. Estudios universitarios definen la cohesión social cuando en un mismo entorno se mezclan y conviven personas de diferentes “edades, profesiones, niveles de renta y culturas”. Así lo ha entendido, por ejemplo, Barcelona, cuyo Ayuntamiento legisló que en los edificios de nueva construcción se debe reservar el 30 % de la edificabilidad para vivienda protegida.

 

Además, señalan desde la entidad, el Sector se encuentra dividido en dos mitades por una rambla sin que exista infraestructura que conecte ambas mitades de la urbanización y propicie y facilite la movilidad de las personas. La definición de accesibilidad de la Ley de Accesibilidad Universal para personas con discapacidad adoptada como Norma por parte de la Federación Española de Municipios y Provincias es la siguiente: “La Accesibilidad Universal es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos para se comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad, comodidad y de la forma más autónoma y natural posible”.

 

La mercantil contestó con evasivas, señalan desde la asociación: "alegación extemporánea, no recogida en la modificación o que la urbanización está ya prácticamente finalizada". Resulta chocante la respuesta, señala la asociación, "si tenemos en cuenta la crucial importancia para la conectividad y movilidad en el Sector que tienen las medidas propuestas y el contraste con los beneficios que para la mercantil suponen las modificaciones aprobadas."

 

Los vecinos hacen un llamamiento al pleno municipal: "Será lo que el pleno municipal, con superior criterio, quien decida la aprobación de las medidas aquí planteadas y que pueden causar un beneficio general a toda la población y, en particular, a las personas jóvenes y/o trabajadores y trabajadoras inmigrantes demandantes del vivienda del municipio".

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