AlicantePlaza

Otro fallo reconoce labores de superior categoría

Una sentencia condena al Ayuntamiento de Benidorm a pagar a un funcionario 181 horas extra

  • Foto: RAFA MOLINA.

BENIDORM. El Ayuntamiento de Benidorm ha recibido otras dos sentencias que le condenan por diferentes asuntos de malas prácticas con sus funcionarios. Así, una hace referencia al pago de las horas extraordinarias y al otra a ingresar la diferencia entre el puesto asignado y el que realmente aplica. El Sindicato de Policías y Bomberos de Benidorm (SPPLB) pidió que se ejecutaran las sentencias, que estiman que entre las dos tendrán un coste de más de 30.000 euros incluyendo los intereses.

Como se decía, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Alicante falló el 30 de noviembre que el Ayuntamiento tendrá que pagar las horas extra que reclama un empleado del Consistorio. Según el escrito judicial, asciende a 181 horas en total. Una cifra que el propio departamento del que depende da por buenas. El trabajador tuvo que acudir a los tribunales después de que reclamara este derecho, pero se le denegara por silencio administrativo. Ahora, el juez le reconoce esta compensación, a lo que habrá que sumarle los intereses legales.

La sentencia deja claro que el demandante demostró haber realizado esta actividad fuera de su horario ordinario de trabajo. Todo ello a través de los documentos que acompañaban la demanda "pero también a través del propio reconocimiento realizado por la Corporación municipal demandada, al contar tales horas extraordinarias realizadas con el visto bueno del concejal del área y haber sido anotadas en la situación administrativa del recurrente (en cuanto a su compensación en especie)", señala el fallo.

Además, el magistrado rechaza la argumentación de la defensa del Ayuntamiento sobre la "falta de autorización previa" puesto que entienden que responde únicamente a la inactividad de la propia administración; sin que resulte ajustado a Derecho que la corporación municipal se beneficie de su propia inactividad, no abonando horas extraordinarias efectivamente realizadas, por contravenir el principio de interdicción de enriquecimiento injusto".

Recibe toda la actualidad
Alicante Plaza

Recibe toda la actualidad de Alicante Plaza en tu correo