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Condenado a seis meses de prisión y a una multa por insultar a una mujer extranjera en un centro de salud de la Vila Joiosa

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LA VILA JOIOSA. - Un hombre de 56 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a seis meses de prisión y al pago de una multa por igual tiempo, con cuota diaria de 5 euros, por insultar a una mujer de procedencia extranjera mientras esperaba a ser atendida en el mostrador de un centro de salud de la Vila Joiosa. El tribunal lo ha condenado por un delito contra la dignidad de las personas al considerar probado que increpó a la mujer “por su origen racial y nacional”.

El suceso ocurrió en torno a las 16 horas del 1 de agosto de 2023, cuando la perjudicada se encontraba aguardando turno para ser atendida en ese consultorio, acompañada de su hija.

La sentencia detalla que, en ese momento, el procesado se dirigió a ella “en actitud agresiva” y aproximó su cara a la de la mujer “haciendo aspavientos con las manos y actuando con intención de menoscabar su dignidad como persona, atentando contra su dignidad por su origen racial y nacional”.

Según la resolución judicial, ese comportamiento se produjo “debido a su intolerancia incompatible con la convivencia”, lo que se tradujo en un ataque verbal “delante del resto de personas” que estaban en el centro de salud.

El tribunal considera probada la versión ofrecida por la perjudicada, quien relató, en su declaración en el juicio, celebrado el pasado 28 de mayo, que ella estaba hablando por teléfono con su marido mientras esperaba su turno cuando el encausado comenzó a gritarle. Esa situación llevó a su esposo a llamar a su hermano y a su cuñada para que acudieran en su ayuda.

Además, la Audiencia Provincial confiere credibilidad a esa versión en la medida en que quedó ratificada por una trabajadora de la limpieza, quien declaró como testigo y señaló que el acusado también gritó a otra mujer, en alusión a la cuñada de la víctima, que se había desplazado hasta el centro de salud.

De igual manera, la resolución judicial señala que los agentes de Policía que acudieron al consultorio certificaron que el procesado mantuvo una actitud agresiva y desafiante cuando se produjo su intervención.

El acusado, por su parte, no reconoció los hechos durante el juicio y manifestó que ese día había bebido. Así, expuso que solo quería que le atendiesen y negó recordar haber faltado a la denunciante o haber agredido a algún agente. En esta línea, su defensa solicitó su libre absolución.

No obstante, el tribunal asume las declaraciones de la víctima y del resto de los testigos, y descarta que el encausado actuase bajo los efectos del alcohol, puesto que “no existe elemento que justifique afectación alcohólica”.

Por ello, dicta una sentencia condenatoria con una pena de seis meses de prisión, a la que suma la obligación de indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 500 euros por los daños morales ocasionados.

El fallo es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación. 

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