XALÓ. Los ayuntamientos de Xaló y Alcalalí han reaccionado a la sentencia del juzgado contencioso administratvo número dos de Alicante que exime al PAI de Llíber de cumplir con la normatva actual de sufciencia hídrica. Los consistorios estiman que la sentencia viene condicionada por dos cuestiones esenciales "preparadas a la carta por PP y VOX en las Cortes Valencianas": un informe de Urbanismo de la Generalitat que exime de la necesidad hídrica y el cambio de las normas urbanístcas introducido por el decreto ley 7/2024 que evita la caducidad de la Declaración de Impacto.
Según remarcan en un comunicado ambas administraciones, la sentencia sirve para justifcar que puedan continuar las obras sin concesión hídrica en base a la declaración de impacto medioambiental del año 2000 y que debería haber caducado.
Xaló y Alcalalí destacan que la sentencia corrobora la tesis de los dos ayuntamientos y de la Asociación Salvem la Vall según la cual el Ayuntamiento de Llíber y la constructora "habían mentido sobre la disponibilidad de una concesión hídrica previa a la aprobación del PAI".
Fuentes municipales destacan que "es esclarecedor comprobar cómo se ha pasado de defender que hay agua a tener que decir que como la zona es urbana desde 1989 y no estaba vigente la ley hídrica se pueden construir 488 chalets con piscina en 2025 sin disponibilidad de agua". Los ayuntamientos han destacado que la decisión es controvertda porque aunque el PAI proviene de modifcaciones urbanístcas anteriores no se aprueba con las previsiones sobredimensionadas de 488 chalés hasta el 2021.
Los ayuntamientos denunciantes destacan que cuando el PAI esté completo será “absolutamente incompatble con el suministro hídrico de todo el Valle del Pop y los tribunales en un contexto de cambio climátco deberían ser sensibles a esta cuestón más allá de informes y leyes hechas a la carta por la administración valenciana”. Además remarcan que estos proyectos colapsan los servicios públicos y encarecen aún más el precio de la vida en la comarca.
Los servicios jurídicos de Xaló y Alcalalí ven opción de recurrir en los juzgados el planteamiento según el cual se pueden aprobar proyectos urbanístcos de esta magnitud en 2021 con normatvas de 1989. En todo caso han destacado que estudiarán con detenimiento todas las opciones con el objeto de garantizar los servicios hídricos y medioambientes. El juzgado número dos reconoce el fundamento de la denuncia y no ha cargado las costas del procedimiento en ambos ayuntamientos denunciantes.