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Proyecto Fotovoltaico Tendetes renuncia a la planta solar de 165 MW en Villena

La empresa desiste después de la declaración de impacto ambiental desfavorable y la caducidad de los permisos de acceso a la red eléctrica

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VILLENA. Proyecto Fotovoltaico Tendetes SLU ha renunciado de forma definitiva al proyecto de instalación de una planta solar de 165 megavatios (MW) prevista en varios municipios de la provincia de Alicante. El Ministerio para la Transición Ecológica ha aceptado el desistimiento y ha acordado el archivo del expediente, según recoge la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La iniciativa, presentada inicialmente en 2021, contemplaba una amplia infraestructura de evacuación eléctrica que afectaba a los términos municipales de Cañada, Villena, Biar, Onil, Ibi, Castalla, Tibi, Jijona, Alicante, Mutxamel y Sant Joan d’Alacant. El proyecto incluía líneas de media y alta tensión, así como una subestación transformadora y su conexión con la subestación El Cantalar, de Red Eléctrica de España.

El expediente se vio comprometido en agosto de 2023, cuando la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emitió una declaración de impacto ambiental desfavorable, al considerar que la instalación podía generar efectos negativos significativos sobre el medio ambiente y que las medidas previstas no garantizaban su adecuada corrección o compensación.

Posteriormente, en octubre de 2023, Red Eléctrica comunicó la caducidad de los permisos de acceso y conexión a la red de transporte del proyecto, condición imprescindible para poder continuar con la tramitación administrativa y obtener autorización de construcción y explotación.

Ante esta situación, el promotor presentó una solicitud de desistimiento en noviembre de 2023 y la reiteró varias veces durante los dos años siguientes, solicitando además la cancelación del aval económico de 6,6 millones de euros depositado para tramitar el acceso a la red eléctrica.

La Dirección General de Política Energética y Minas ha aceptado la renuncia y ha declarado concluido el procedimiento, sin que se hayan presentado terceros interesados que pidieran su continuación. La resolución podrá ser recurrida en alzada en el plazo de un mes.

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