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recurso frente al presupuesto de 2022 sobre la carrera profesional

El juzgado avala la mejora salarial de los funcionarios de Alicante frente a la Subdelegación

  • Una de las protestas organizadas por los sindicatos representados en el Ayuntamiento de Alicante por el desarrollo de la carrera profesional.

ALICANTE. El Ayuntamiento de Alicante encuentra, de nuevo, el camino despejado para poder implantar el sistema de ascensos y de mejoras retributivas de la llamada carrera profesional. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Alicante ha desestimado el recurso interpuesto por la Subdelegación del Gobierno frente a la incorporación de una primera partida de 205.000 euros para la implantación de ese sistema, a través de los presupuestos municipales de 2022, tras considerar que la normativa contempla (y promueve) que el conjunto de las administraciones implanten dichas mejoras salariales y profesionales, sin que los límites retributivos puntuales que puedan fijarse en la Ley de Presupuestos Generales puedan constituir un freno.

La sentencia, que llega en un contexto de reanudación de las conversaciones con los representantes sindicales para la implantación de la carrera profesional, concreta de manera textual que "una Ley de presupuestos no puede, sin modificar previamente la norma legal que regula el régimen sustantivo de una determinada parcela del ordenamiento jurídico, desconocerlo, procediendo a efectuar una aplicación distinta a la prevista en la norma cuya aplicación pretende".

En esta línea, apunta que "tal es lo que acontece en el presente caso, pues existe previsión legal que impone a las Administraciones Públicas (en este caso al Ayuntamiento de Alicante) la obligación de reconocimiento y regulación del complemento de carrera profesional, y la dotación presupuestaria establecida al efecto", lo que, según expone la resolución judicial, "en modo alguno resulta equiparable a incrementos retributivos puntuales que pueda acordar una administración, por lo que el acuerdo plenario impugnado no se ve afectado (dado su alcance) por los límites presupuestarios analizados".

Como informó este diario, la Subdelegación del Gobierno había registrado su recurso frente a la inclusión de la partida presupuestaria específica incluida en los presupuestos de 2022 (ahora prorrogados) al considerar que incumplía "la previsión normativa contemplada en el artículo 19 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (como precepto de carácter básico)" en la medida en que el desarrollo de la carrera profesional contemplaría "actuaciones que implicarían un crecimiento retributivo global superior al 2% permitido en dicho artículo".

Sin embargo, el juzgado no da por válida esa limitación en base a la reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en relación a un proceso similar que afectaría al Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante, en el que también se acordó el desarrollo de la carrera profesional. En esa sentencia, el alto tribunal concluye que el límite fijado a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado solo puede afectar a incrementos retributivos puntuales, pero no al desarrollo de la carrera profesional, al tratarse de un sistema amparado y respaldado por el ordenamiento jurídico.

Se trata del segundo pronunciamiento judicial favorable al Ayuntamiento de Alicante respecto al proceso de implantación de la carrera profesional, tras la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 4 conocida en septiembre por la que se desestimaba el recurso interpuesto por la Confederación de Sindicatos de Empleados Públicos (Fesep) contra el Reglamento de Evaluación del Desempeño y Rendimiento y Carrera Profesional Horizontal del Personal del Ayuntamiento de Alicante aprobado en pleno el 30 de junio de 2022, al tiempo que se reconocía que la implantación de esta nueva figura en el consistorio alicantino cuenta con la colaboración de los sindicatos.

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