VALÉNCIA. La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a ocho años y medio de prisión al futbolista Rafa Mir por un delito de agresión sexual y otro de lesiones (exactamente, siete años de cárcel por el primero de los delitos y un año y seis meses por el segundo).
La sentencia de la Sección Cuarta, notificada este lunes a las partes y que no es firme (es recurrible ante el Tribunal Supremo), establece otras penas accesorias como la prohibición de aproximación y de comunicación respecto a la víctima por un plazo de 13 años y siete años de libertad vigilada (a cumplir con posterioridad a la pena privativa de libertad) y la obligación para el delantero de indemnizar con 64.000 euros a la víctima (4.000 por las lesiones y 50.000 por los daños morales).
Los hechos considerados como probados por la Audiencia de Valencia tuvieron lugar en la vivienda de Mir de Bétera (València) la noche del 31 de agosto de 2024, tras conocer Mir y su amigo Pablo Jara, también ahora condenado, a las dos víctimas en una discoteca. El futbolista cartagenero defendía entonces la elástica del Valencia CF, en calidad de cedido por el Sevilla FC (en el curso que ahora finaliza ha hecho lo propio en el Elche CF).

- Los hechos por los que Mir ha sido condenado tuvieron lugar en agosto de 2024
En el acto de juicio celebrado a finales de mayo en la Ciudad de la Justicia de Valencia, Mir se mantuvo fiel a la linea de defensa seguida durante la instrucción y que giraban alrededor del argumento de que las relaciones sexuales habían sido consentidas en todo momento. La víctima, por su parte, negó una vez más la mayor, relatando haber sido víctima de una doble agresión sexual con penetración por parte del jugador.
La Sala Cuarta considera que la prueba practicada durante esa vista oral ha permitido "acreditar sin fisuras la comisión de los hechos propuestos por las acusaciones". En este sentido, el tribunal otorga especial relevancia al testimonio de las dos víctimas, cuya declaración califica de "convincente, consistente y coherente", al haber sido “mantenida de forma invariable a lo largo de toda la tramitación de la causa". Además, los magistrados destacan que dicha versión quedó "corroborada por datos periféricos, como son la declaración de testigos y el informe forense psicológico, ratificado y explicado en el plenario por las dos peritos". Por el contrario, la Sala subraya que "ninguna de las alegaciones defensivas ha tenido un sustrato fáctico en el que apoyarse ni un razonamiento lógico al que tener en cuenta".
La Audiencia de Valencia también ha acordado en la sentencia deducir testimonio de las declaraciones vertidas en el juicio oral por tres policías locales de Bétera por si ésta fueran constitutivas de un delito de falso testimonio, "dado la flagrante contradicción de su versión con la de las denunciantes", a las que atribuyen "prevalencia probatoria".
Rafa Mir reacciona en redes sociales

- Reacción de Rafa Mir en Instagram tras trascender su condena
Respecto a Pablo Jara, la Audiencia de Valencia le condena es a dos años y medio de prisión y al pago de una multa como autor de un delito de agresión sexual, otro contra la integridad moral y un delito leve de lesiones del que fue víctima una segunda joven y a la que habrá de indemnizar con 6.280 euros.
Tras trascender el fallo, Rafa Mir se manifestaba en la red social Instagram por medio de una historia en la que apuntaba su disconformidad con el sentido del mismo y reafirmaba su confianza en la justicia: "No estoy de acuerdo con la sentencia y recurriremos en los próximos días. Sigo confiando en la justicia", decía Mir, sobre el que el Elche tiene una opción de compra hasta el 30 de junio.