Comunitat Valenciana

La exconsellera Pradas y el exjefe de Gabinete de Mazón resolverán sus contradicciones por la Dana en un careo

  • Salomé Pradas y José Manuel Cuenca
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VALÈNCIA. La jueza de la Dana ha acordado la celebración de un careo entre el exjefe de Gabinete del president de la Generalitat, José Manuel Cuenca, y la exconsellera de Interior y Justicia, Salomé Pradas, en el marco de la investigación judicial sobre la gestión de la Dana del 29 de octubre de 2024. La diligencia había sido solicitada por el abogado Manuel Mata, en representación de Acció Cultural del País Valencià.

En el escrito presentado por Acció Cultural, sostenía que en la declaración como testigo de Cuenca “se constata la existencia de graves inexactitudes” que contradicen “las tajantes manifestaciones” realizadas públicamente por Pradas, que figura como investigada. El documento consideraba “especialmente relevante” la discrepancia sobre si el exalto cargo comunicó a la entonces consellera que “no debía molestar al presidente” y que toda la información debía canalizarse a través de él, una afirmación que el propio testigo negó ante la jueza instructora .

En el auto de este jueves, la magistrada explica que la petición se basa en la existencia de mensajes intercambiados entre Pradas y Cuenca, aportados a la causa, y en la segunda declaración judicial del ex alto cargo de Presidencia, en la que, según recoge la resolución, “se da un sentido claramente distinto al contenido de estos, de los que se dice ‘descontextualizados’”, expone la jueza de la Dana en referencia a la testifical de Cuenca, que ya ha pasado a declarar dos veces. A ello se suman las manifestaciones públicas realizadas por la exconsellera sobre si debía o no molestar al president, unas circunstancias que, a juicio de la instructora, hacen necesario el careo entre ambos.

La jueza de la Dana señala además que la versión ofrecida por Pradas no es homogénea. En este sentido, el auto advierte de que “la versión de los hechos que proporciona la investigada no puede ser una amalgama entre la declaración judicial, unas declaraciones públicas y, ya más recientemente, la declaración en una comisión de investigación”, razonó la magistrada, que subrayó que la exconsellera llegó a oscilar entre declarar o no en sede parlamentaria.

Para la instructora, determinar si existe coherencia entre esas manifestaciones y su compatibilidad con las pruebas aportadas “se ha de efectuar en sede judicial y precisamente a través del careo”, detalló la resolución, que precisa que el contraste entre la investigada y el testigo debe centrarse en “aspectos absolutamente esenciales de la investigación”. La jueza vincula esos extremos clave al proceso de deliberación y toma de decisiones que se produjo en la reunión del Cecopi durante la tarde de la Dana.

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