Alicante

El juez estima la medida cautelar solicitada por EU y suspende el pleno de enero en Alicante

Deja sin efecto su convocatoria al concluir su celebración sin el líder de la coalición impediría su participación política, sin prejuzgar sobre si debe quedar excluido por estar de baja

  • El portavoz municipal de EU Podem en Alicante, Manolo Copé, en un pleno. -

ALICANTE. El pleno del Ayuntamiento de Alicante correspondiente al mes de enero que debía celebrarse mañana jueves, día 30, queda definitivamente suspendido. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 ha resuelto estimar la medida cautelar solicitada en el recurso presentado por el portavoz y único concejal del grupo municipal de Esquerra Unida Podem, Manolo Copé, y ha dejado sin efecto el decreto por el que se formalizó la convocatoria de la sesión, sin incorporar la participación del concejal, después de que un informe emitido por la Secretaría General del Pleno apuntase que el regidor se encontraba de baja por encontrarse en una situación de acogimiento familiar de un menor.

El auto en el que se confirma la decisión asume la argumentación esgrimida en el recurso presentado por Copé al considerar que "la ejecución de la decisión recurrida", es decir, la celebración del pleno que quedaba convocado a través de ese decreto, "generaría un perjuicio de difícil o imposible reparación", ya que, si el líder de EU Podem no era convocado al pleno "no puede preparar ni asistir a la sesión plenaria". Y añade que, "desde luego, lo deseable sería que el demandante, conocedor de que se ha convocado el pleno de 30 de enero de 2025 asistiese al pleno. Ahora bien, también es cierto que para poder asistir, tiene que ser convocado". 

Se trata de una circunstancia que, como apunta la impugnación registrada por Copé no se había dado, en la medida en que su nombre no figuraba en la convocatoria junto al del resto de miembros de la corporación. Y, además, tampoco se tuvo en cuenta el registro de las iniciativas que trató de presentar para que se incluyesen en el orden del día de la sesión con el fin de que pudiesen debatirse, como informó este diario

De este modo, el titular del juzgado apunta que "por todo ello, se accede a la medida cautelar interesada por el demandante sin oír a la parte contraria, acordando la suspensión de la ejecución del decreto del Alcalde-presidente dictado el 27 de enero de 2025 por el que se convoca la sesión ordinaria del pleno número 1/2025". Al tiempo, concede un plazo de tres días al Ayuntamiento para que presente alegaciones, si lo estima oportuno. 

Todo ello sin llegar a prejuzgar el fondo del asunto ni pronunciarse sobre si, como sostiene Copé en su recurso, se habría producido la vulneración de su derecho fundamental a la participación política previsto en la Constitución por el hecho de excluir su presencia tanto en la convocatoria como en el desarrollo de la sesión.

Ese auto ya ha tenido consecuencias con la emisión de un nuevo decreto firmado por el alcalde, Luis Barcala, en el que se anula la celebración de la sesión. En ese nuevo decreto se explican los motivos de la suspensión, en referencia al auto del juzgado. Y, además, se apunta un añadido adicional sobre el proceder del líder de EU Podem con la siguiente redacción literal: "Se hace constar que el concejal, don Manuel Copé Tobaja, pudiendo haber solicitado a esta Corporación la medida cautelar de que se le posibilitara asistir a la sesión del Pleno, no solo no lo hizo sino que solicitó al Juzgado la medida cautelar de suspensión de la ejecución de la convocatoria de la sesión ordinaria del Pleno con los efectos que ello conlleva".

Está por ver si, en las próximas horas, llega a dictarse un nuevo decreto en el que sí pueda incorporarse la presencia de Copé, lo que daría pie a su participación en la sesión y haría decaer la tramitación del contencioso antes de que se resolviese. Por lo pronto, fuentes municipales sí han confirmado, a través de un comunicado, que la intención del Ayuntamiento es acogerse al plazo establecido para presentar alegaciones frente a esa suspensión de la convocatoria plenaria.

En esta línea, la portavoz del equipo de gobierno, Cristina Cutanda, ha considerado que resulta "sorprendente que Copé plantee una medida cautelar en la que sólo solicita la suspensión del pleno, en lugar de pedir que se autorice su comparecencia en la sesión". "Da la impresión de que la única intención del concejal de Esquerra Unida es impedir la celebración de este pleno ordinario", ha añadido.

Cutanda ha expresado "el máximo respeto" del ejecutivo municipal al auto del juzgado y se ha remitido a una futura resolución de este órgano judicial para determinar el desarrollo y ejecución del orden del día previsto para el pleno ahora suspendido. La portavoz del equipo de gobierno también ha recalcado que el grupo municipal de Esquerra Unida era conocedor de la convocatoria de la sesión y de su orden del día, que también figuraba con antelación suficiente en la página web del Ayuntamiento, "por lo que resulta difícil de entender que Copé no estuviera al corriente de esa convocatoria".

Asimismo, Cutanda ha recordado que las bajas por maternidad y paternidad aparecen reguladas en el Reglamento Orgánico del Pleno (ROP) y que es el secretario general quien fija los criterios de aplicación, "que ya han sido y son de aplicación durante el presente mandato en tres casos de concejalas del equipo de gobierno". "Cuando las mujeres concejalas hemos estado de baja obligatoria por maternidad, no hemos puesto ningún problema, ni hemos alegado que se conculque nuestro derecho de participación", ha argumentado la portavoz del gobierno municipal. "Y ahora, cuando el afectado es un hombre, como el caso de Copé, es cuando plantean todos estos problemas", ha concluido.

La situación del PP

Por lo pronto, el mismo alcalde, Luis Barcala, también se había pronunciado este miércoles (después de que se conociese la presentación del contencioso, pero antes de que el juzgado estimase la medida cautelar solicitada) para sostener que la exclusión de Copé de la convocatoria del pleno venía fundamentada en el informe emitido por la Secretaría General, en el que se recoge la misma argumentación expuesta respecto a la exclusión del portavoz adjunto del grupo municipal de Vox, Mario Ortolá, en la sesión extraordinaria celebrada el pasado mes de noviembre, cuando Ortolá se encontraba de baja por su reciente paternidad. 

Así, ha descartado que él mismo o el equipo de gobierno tuviese algo que ver con la decisión de la Secretaría General y ha insistido en que el propio PP también se ha visto privado de la presencia de sus concejales en otras sesiones plenarias previas con motivo de la reciente maternidad de las ediles Rocío Gómez y Cristina Cutanda, a la que se suma también la de Nayma Beldjilali, cuya participación tampoco estaba prevista en la sesión de enero al encontrarse en la última fase de su embarazo. Además, respecto a la posibilidad de que se arbitrase una modificación del Reglamento Orgánico del Pleno (ROP) para dar cabida a la participación de los concejales de forma telemática, ha sostenido que cualquier grupo político puede presentar una proposición normativa de modificación para que se recoja ese cambio y, sin embargo, nadie lo ha hecho. En cualquier caso, tampoco ha apuntado que el PP vaya a hacerlo.

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