ALICANTE (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) ha condenado a una mediadora inmobiliaria y un abogado a 2 años y un día y a 2 años y 9 meses de prisión, respectivamente, por estafar a un extranjero al que hicieron creer que estaba comprando el 50% de la propiedad de un hotel situado en el centro de Alicante.
En concreto, el alto tribunal confirma la sentencia previa dictada por la Audiencia de Alicante en diciembre de 2024, al creer demostrado que los dos acusados convencieron al perjudicado para que firmase un contrato de compra por un importe de 326.700 euros cuando, en realidad, lo que estaba adquiriendo era la cesión de un crédito de embargo sobre el 50 % de la propiedad de ese inmueble por un valor de 60.000 euros.
Los hechos objeto del proceso se remontan a julio de 2016, cuando la agente inmobiliaria contactó con el perjudicado para proponerle la oportunidad del negocio por el que podía convertirse en dueño de la mitad del hotel, de dos estrellas, a cambio de los citados 326.700 euros. Según le explicó, se trataba de una “buena oportunidad”, ya que le aseguró que el establecimiento estaba valorado en 1.470.000 euros.
Además, la sentencia de la Audiencia Provincial, ahora ratificada por el TSJCV, considera que la acusada apremió al perjudicado a formalizar la compra al asegurarle que al vendedor le corría prisa por desprenderse de la propiedad.
El perjudicado accedió, aunque pidió el asesoramiento de un abogado para formalizar el contrato, ya que no dominaba el español. Según la sentencia, fue la procesada quien recomendó a ese letrado, que también acabó siendo enjuiciado por los mismos hechos.
La sentencia estimó que los dos procesados engañaron de manera consciente al comprador extranjero, "guiados por un ánimo lucrativo injusto", al no informarle de cuáles eran los términos reales de la operación de compra y conseguir que firmase el contrato, asegurándole finalmente que lo que compraba era una posición de embargo que le permitía asumir la mitad de la propiedad del hotel.
Así, a la firma del acuerdo, el perjudicado pagó 20.000 euros en efectivo, mientras que otros 125.000 euros se abonarían tras la inscripción del embargo en el Registro de la Propiedad y los restantes 181.500 euros, en cinco días desde la adjudicación del inmueble, según lo estipulado en el contrato.
No obstante, cuando se dictó la sentencia sobre el procedimiento de embargo, en octubre de 2018, el perjudicado tuvo constancia de que el valor real del crédito adquirido era de 60.424 euros, en lugar de los 326.700 euros que figuraban en el contrato. Fue entonces cuando interpuso la denuncia contra los dos procesados.
La Audiencia de Alicante falló a su favor en 2024, lo que llevó a los dos condenados a presentar un recurso de apelación ante el alto tribunal autonómico, en los que alegaron una incorrecta valoración de la prueba y que, a su juicio, no se produjo un engaño, sino una falta de diligencia al no comprobar el valor real del crédito del embargo.
Además, también apuntaron que, en todo caso, debían interpretarse los hechos como un supuesto de deslealtad profesional, en lugar de un delito de estafa, y solicitaron que se aplicase la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido entre los hechos y el dictado de la resolución judicial.
No obstante, el TSJ ratifica la sentencia de la Audiencia, al sostener que los dos procesados sí eran conscientes de la diferencia entre el precio fijado por contrato y el valor real del crédito del embargo.
En cualquier caso, admite parcialmente sus recursos para conceder la atenuante de dilaciones indebidas y con ello, rebaja la pena inicial acordada por la Audiencia.
En el caso de la mediadora inmobiliaria, se reduce de los 2 años y 6 meses de prisión previstos por la Audiencia, a 2 años y un día, mientras que en el caso del abogado, se rebaja la condena de 3 años y 4 meses a 2 años y 9 meses.
Alicante
Condenados a prisión una mediadora y un abogado por una estafa en la venta de un hotel en Alicante
- Panorámica de Alicante, con el Castillo de San Fernando al fondo.
- Foto: RAFA MOLINA
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