ALICANTE. El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Alicante, del Partido Popular (PP), da un nuevo paso desconocido hasta ahora con la pretensión de esclarecer posibles responsabilidades en la toma de decisiones relacionadas con la crisis de las viviendas de protección pública (VPP) de iniciativa privada construidas sobre un solar municipal del distrito de Playa de San Juan subastado entre 2018 y 2022. Se trata de la instrucción de un expediente informativo a la funcionaria seleccionada en 2024 para desempeñar el cargo de directora general de Organización Interna, María Pérez-Hickman, que presentó su dimisión después de que trascendiese que dos hijos y un sobrino suyos figuraban entre los compradores de tres de las viviendas, como socios de la cooperativa Residencial Les Naus.
Ese expediente incoado por el departamento de Recursos Humanos se suma al ya conocido respecto a los dos arquitectos municipales que también compraron viviendas en la misma promoción: el arquitecto Francisco Nieto, que participó en las reuniones de seguimiento del contrato y estuvo a punto de ser nombrado como su técnico director, y la arquitecta Elsa Lloret, esposa del funcionario de la Conselleria de Vivienda, Roberto Palencia, que visó los 140 contratos, y que ya ha sido suspendido de empleo y sueldo después de que se constatase que había validado el contrato de su mujer sin tener en cuenta sus propios ingresos económicos (los de él) a pesar de que también computaban como miembro de la misma unidad familiar conviviente.
El objetivo de esas averiguaciones sería determinar si pudieron tomar alguna decisión que influyese en los expedientes relacionados con la subasta de la parcela municipal, con la concesión de la licencia de obra o con las condiciones de cumplimiento del contrato de venta del suelo. Y si, en ese caso, adoptaron acuerdos en su propio beneficio.
Esas indagaciones se complementan con un segundo expediente relacionado con el acceso a información reservada, con el fin de determinar si algún funcionario o cargo público pudo manejar esa información en su propio beneficio. No se ha precisado si ese expediente se dirige contra alguien en particular, aunque se presupone que quedaría circunscrito en las áreas municipales que tuvieron alguna participación en el expediente de venta del solar municipal y en los acuerdos posteriores relacionados con la construcción de las viviendas: Patrimonio, Contratación y Urbanismo.
Por último, el tercer expediente sería el incoado respecto al papel de la ya exdirectora general de Organización Interna, la citada Pérez-Hickman, que ha vuelto a ocupar su plaza como jefa del área de Contratación. Es decir, la misma responsabilidad que ejercía en el momento en el que se convocó el proceso público de enajenación de la parcela municipal de Playa de San Juan en el que se levantó la promoción. En este caso, el expediente parte con un doble objetivo, según precisaron fuentes consultadas. En primer término, comprobar y verificar las conclusiones alcanzadas en el informe elaborado por el vicesecretario municipal (que desempeña funciones de secretario) por encargo del alcalde, Luis Barcala, en el que se determina que Pérez-Hickman no participó en la adopción de acuerdos relacionados con la venta del suelo, toda vez que su papel se limitaba al de ejercer el papel de secretaria de la Mesa de Contratación, sin capacidad de voto.
En concreto, en ese dictamen se apuntaba que Pérez-Hickman no dictó "acto administrativo alguno" relacionado con el expediente de la subasta de la parcela y no firmó "ninguna propuesta de acuerdo, cuya competencia corresponde al concejal de Contratación". Además, señalaba que el órgano gestor de la venta de ese solar fue y es la Concejalía de Patrimonio y no la de Contratación, que únicamente actuó como órgano instrumental. Al tiempo, remarcaba que tampoco podía considerarse que dicha funcionaria hubiese podido contar con información privilegiada respecto a la subasta, en la medida en que "la información de la que ha podido contar era comúnmente conocida como demuestra la lista de espera en dicha cooperativa de más de dos mil personas".
Con voz, pero sin voto
De igual modo, reseñaba que Pérez-Hickman únicamente participó en las mesas de contratación "como secretaria, que actúa con voz pero sin voto, y tiene como funciones principales efectuar la convocatoria de las sesiones por órdenes del presidente de la mesa, preparar el despacho de los asuntos, redactar las actas de las sesiones o expedir certificaciones, sin tener ninguna capacidad decisoria ni actuación relevante que pudiera influir en el resultado final". Y, por último, el informe subrayaba que "en el expediente de referencia, la adjudicación se basaba exclusivamente en criterios automáticos cuantificables económicamente, sin la existencia de criterios basados en juicios de valor".
El expediente informativo sobre su papel deberá revisar las conclusiones de ese informe. Y, además, comprende un segundo propósito: comprobar si procede su reincorporación al puesto de jefa de Contratación que vuelve a ocupar en la actualidad por ser plaza en propiedad, si no hay argumentos para que se le puede desproveer. En suma, se trata de precisar si existen fundamentos que puedan justificar su relevo en ese puesto, más allá de una hipotética pérdida de confianza que no permitiría acordar la desposesión de su plaza. Así, se trataría de establecer si pudo cometer algún tipo de irregularidad que fuese susceptible de motivar un acuerdo en el que se le relegue de sus funciones, como vienen reivindicando los grupos políticos que ejercen funciones de oposición.