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actualización de la tasa para ajustarse a la normativa europea y estatal

Alicante cuadruplica el precio del recibo de la basura para equiparar costes del servicio desde 2025

  • Los nuevos contenedores de residuos instalados en la ciudad de Alicante con la nueva contrata.

ALICANTE. El año 2025 arrancará con incremento en el recibo de la basura en la ciudad de Alicante. El equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), ha aprobado este martes en Junta Local el inicio del expediente para actualización la ordenanza fiscal reguladora de la nueva tasa de basuras por el servicio de recogida, tratamiento y eliminación de residuos, en cumplimiento de la obligación legal recogida en la normativa europea y estatal, para equiparar el importe de la recaudación al coste real del servicio, lo que conlleva que se llegue prácticamente a cuadruplicar el precio por domicilio que se viene abonando hasta ahora.

Cuando menos, ese es el cálculo que se desprende en lo que respecta a la diferencia entre el importe que se venía pagando hasta el momento en su cuantía mínima, establecida para un domicilio de menos de 104 metros cuadrados (22,27 euros) que estuviese situado en una vía de categoría 4 (en la que regían las cuantías más bajas) frente al que se contempla ahora (83,62 euros) para una vivienda de hasta 60 metros cuadrados cuyo valor catastral sea de hasta 300 euros por metro cuadrado (también las de menor valoración). 

De acuerdo con la nueva propuesta, que debe iniciar su tramitación administrativa en comisión informativa y debate en pleno, se establece, así, una nueva graduación de los recibos con importes adaptados a las características concretas de cada vivienda. En esa clasificación se tiene en cuenta parámetros establecidos por los técnicos del departamento de Limpieza para determinar las tasas correspondientes a cada sujeto tributario: básicamente, el valor catastral de cada inmueble y sus metros cuadrados

Al tiempo, en esa nueva ordenanza -que sustituye a la aprobada en 2015- desaparece la zonificación territorial que regía hasta ahora a la hora de baremar los importes de los recibos en cuatro áreas distintas, ya que, según ha explicado Villar, "se tenía serias dudas de que esa zonificación fuese legal", a la vista de los ejemplos de actualización que se han promovido ya en otros ayuntamientos, en los que también se incluía una zonificación similar, lo que ha motivado su impugnación en los juzgados.

La revisión de la ordenanza prevé, así, importes proporcionales en función de la superficie de la vivienda y de su valor catastral. Esa progresividad queda resumida en la siguiente tabla por lo que respecta a las viviendas que figuran como sujetos tributarios:

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