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regulados en el pGOU y en los planes especiales de centro y casco antiguo 

Alicante esquiva el caos: autoriza 4 de cada diez apartamentos turísticos pedidos con la nueva Ley

ALICANTE. Ni el boom del sector auspiciado por las plataformas digitales, ni la entrada en vigor de la nueva ley que lo regula suponen un quebradero de cabeza. La ciudad de Alicante capea las dificultades que afectan a otros municipios al disponer ya de las herramientas necesarias para ordenar la autorización de los llamados apartamentos turísticos. Las bases de ese orden se sentaron hace 31 años, a través del vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), aprobado en 1987, según se puso de manifiesto este martes en la segunda jornada técnica sobre viviendas turísticas organizada por el Patronato Municipal de Turismo. En concreto, en ese documento se determina por zonas cómo, dónde y en qué condiciones tienen cabida las viviendas destinadas específicamente al mercado del alquiler turístico (distinto al régimen del alquiler general), según precisó el abogado urbanista y jefe de Planeamiento de la Concejalía de Urbanismo, Pablo Núñez de Cela. Y, además, con posterioridad se han ido introduciendo nuevos matices y condiciones sobre determinados ámbitos concretos del término municipal.

Así, según precisó la edil de Urbanismo, la popular Mari Carmen de España, el PGOU permite, con carácter general, que se dé un uso terciario a las viviendas situadas en planta baja o primera planta en prácticamente cualquier punto del casco urbano. ¿Por qué sólo en esos dos niveles? Según De España, en la redacción de ese planeamiento ya se tuvo en cuenta hace 31 años dos factores básicos: la existencia de mayores facilidades de evacuación de las plantas inferiores de los edificios y la minimización de posibles molestias que podría ocasionar el trasiego de visitantes al resto de los residentes de un mismo edificio.

Los agentes económicos implicados solicitan que la regulación se simplifique, que se evite la asociación entre viviendas turísticas y generación de molestias y que se evite el intrusismo y la clandestinidad

Esa dinámica general se ha matizado, por ejemplo, a través de las dos últimas modificaciones de los planes especiales de Centro Tradicional y Casco Antiguo, aprobadas este agosto (en principio, enfocadas a la regulación de los permisos para la instalación de negocios hosteleros con ambientación musical). En esas modificaciones se delimita que, desde su entrada en vigor, sólo se autorizará el uso de viviendas turísticas en ambos barrios cuando se asienten sobre bloques completos (edificios enteros). Esa limitación, según insistieron fuentes municipales, no tendrá efectos retroactivos, de modo que los apartamentos turísticos preexistentes en ambas zonas del casco urbano podrán mantener ese uso.

Esa regulación es la que ha permitido que Alicante absorba con normalidad el tratamiento de uno de los nuevos requisitos establecidos desde la entrada en vigor de la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad de la Comunitat, el pasado julio: la expedición de certificados de compatibilidad urbanística. Así, según De España, "se ha actuado en función de lo que ya estaba regulado para conceder 40 de las cerca de 100 solicitudes que se han registrado en estos tres meses". O lo que resulta más gráfico: se han concedido 4 de cada 10 certificados porque se ajustaban a esa regulación desde el punto de vista urbanístico.  

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