BENIDORM (EP). La sección primera de la Audiencia de Alicante ha absuelto a dos hombres de un delito de estafa en grado de tentativa y otro de falsedad en documento mercantil por una deuda supuestamente contraída, de un millón de euros, entre dos mercantiles por la construcción del edificio 'Intempo' en Benidorm.
Según la sentencia absolutoria, a la que ha tenido acceso Europa Press este viernes, no se puede considerar probada la existencia de esa supuesta deuda dado que no estaba reflejada en la contabilidad de la mercantil acreedora. Sin embargo, el tribunal ha precisado que tampoco puede afirmarse que no existiera, de modo que ha decidido hacer valer el derecho a la presunción de inocencia de ambos acusados debido a la falta de pruebas para demostrar su culpabilidad.
Según los hechos probados, ha quedado demostrado que en julio de 2012 ambas mercantiles suscribieron un documento por el que reconocían que no existía ninguna otra cantidad pendiente de pago. No obstante, meses más tarde, uno de los acusados se convirtió en socio mayoritario de una de las mercantiles administradoras del edificio, lo que suponía que los dos socios y administradores de una de las mercantiles eran al mismo tiempo socios de la empresa administradora del edificio. Y en ese momento es cuando reclamó la supuesta deuda.
Frente a ello, la acusación defendía que la ejecución de la obra había finalizado y que no existía ninguna cantidad pendiente de pago al haberse firmado los documentos entre ambas mercantiles en julio de 2012. Finalmente, la sala ha optado por su absolución dado que la actividad probatoria tiene que sustentarse "en auténticos actos de prueba" y no es posible condenar a los acusados "después de valorar todas las pruebas presentadas".
Está sentencia no es firme y por ello cabe interponer recurso de casación en el Tribunal Supremo en un plazo de cinco días a contar desde la notificación a las partes implicadas.