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la fiscalía deberá pronunciarse sobre la procedencia de iniciar la investigación

Un juzgado acumula dos denuncias contra Mónica Oltra por el caso de su exmarido

Foto: EDUARDO MANZANA
2/07/2021 - 

VALÈNCIA. El juzgado de Instrucción 15 de Valencia ya acumula las dos denuncias interpuestas contra la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, derivadas de la condena a cinco años de cárcel a Luis Ramírez, exmarido de la también responsable de Igualdad, por abuso sexual a una menor del centro de acogida en el que trabajaba. La primera fue presentada por la víctima, que ahora ya es mayor de edad, y cuya defensa ejerce el líder del partido ultraderechista España 2000, José Luis Roberto.   

Además de contra Oltra, se dirige contra la directora del Centro de Acogida Niño Jesús, lugar donde ocurrieron los abusos; la psicóloga de la Dirección Territorial de la Conselleria de Igualdad que atendió a la menor; y otras dos funcionarias del departamento. A todas les atribuye omisión del deber de perseguir delitos, delito contra la integridad moral, abandono de menor necesitada de especial protección, prevaricación, denegación de auxilio y encubrimiento.

La denuncia expone que tuvieron conocimiento de los abusos en febrero de 2017 y durante varios meses omitieron su deber de denunciar. También critica que derivaran a la niña tutelada a un centro psicológico privado que realizó un informe con información reservada, aplicaran un protocolo elaborado por el propio abusador y la directora del centro, permitieran que el primero y la menor convivieran en el mismo centro y dejaran que la Policía llevara a la víctima esposada al juicio. Además, desliza la sospecha de si el "parentesco" del acusado con Oltra "pudo pesar en el ánimo de las que tenían la responsabilidad de defender y salvaguardar la integridad física, moral y sexual de la niña tutelada". 

El juzgado admitió a trámite la denuncia y dio traslado a la Fiscalía para que informara sobre si procedía o no iniciar la investigación contra estas personas, un pronunciamiento que todavía no ha tenido lugar. Sin embargo, en las últimas semanas otra querella ha sido presentada. Esta vez, por parte de la exdirigente de Vox en la provincia de Valencia Cristina Seguí en calidad de acusación popular como presidenta de la asociación Gobierna-te y representada por el despacho Delgado Abogados.

Ésta se dirige igualmente contra Oltra y otros ocho cargos de la Conselleria por delito contra la integridad moral por un "trato institucional degradante" hacia la menor; encubrimiento y obstrucción a la justicia por la "apertura de un expediente parajudicial extemporáneo" para "sustraer al marido de la consellera de la acción de la justicia"; prevaricación por la "toma de decisiones injustas a sabiendas" de ello; y malversación de caudales públicos por el "perjuicio sufrido por el patrimonio público derivado de la existencia del expediente parajudicial instruido contra la menor y de los medios empleados para el mismo". Algo que, sostienen, fue por orden de la vicepresidenta del Consell. 

Inhibición al tratarse de los mismos hechos 

La querella también fue admitida a trámite por el juzgado de Instrucción número 3 de Valencia, pero debido a que los hechos son muy similares a la anterior denuncia, éste se ha inhibido en favor de Instrucción 15, de modo que ambas se encuentran allí acumuladas mientras la Fiscalía decide sobre si resulta procedente indagar en los hechos

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana desestimó el pasado mayo la querella de Seguí al entender que no se aportaba "ningún indicio objetivo" de que Oltra, aforada, "pudiera haber dado orden a cualquiera de los restantes querellados", no aforados, "para que llevasen a cabo actuaciones tendentes a proteger" a su exmarido. 

La Sala entendía que no se cuenta más que "con la sospecha" de que todas las personas a las que se refería el escrito "están vinculadas a la Conselleria" que preside la vicepresidenta de la Generalitat "y que el afectado fue en su momento su pareja". Esta circunstancia haría preciso, bajo su punto de vista, que antes de investigarla a ella se realizara una instrucción previa más profunda dirigida a determinar la responsabilidad de cada uno de los cargos del departamento, si obedecieron órdenes o si actuaron de motu propio.

Algo que, indicaron los magistrados, tendría que desarrollarse en un juzgado de Instrucción ordinario, para que éste expusiera al TSJCV los elementos concretos que habrían de dirigirse contra Oltra, que es la persona aforada. Motivo por el que, comentaban, la querella se podía interponer en estos juzgados. Algo que ha hecho Seguí. 

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