ALICANTE. Tras un año y medio desde que se detectara el primer brote de la bacteria Xylella fastidiosa en las comarcas de la Marina Alta, Marina Baixa y el Comtat de Alicante, por primera vez, un magistrado del Juzgado nº 2 de Alicante rechaza la petición de la Administración y le deniega la entrada a una parcela de Beniardá y otra de Alcalalí afectadas. En el auto, el juez justifica lo que desde el sindicato ASAJA y la plataforma de afectado, AXFA, lo que vienen reivindicando: a su juicio, "la erradicación es una medida totalmente desproporcionada, y más, teniendo en cuenta que ha pasado un año y nueve meses y que en otros lugares donde existe Xylella hace años, como las islas Baleares o Italia, se ha modificado el protocolo de actuación, pasando del sistema de erradicación al de contención, por el cual tan sólo se arrancan los ejemplares infectados.
El brote de Xylella fastidiosa se detectó en julio del 2017 cuando saltó la alarma. Se declaraba la existencia del primer brote de la bacteria Xylella fastidiosa en una parcela de Castell de Guadalest y, desde entonces, comenzó una batalla legal y social entre agricultores afectados y la Conselleria de Agricultura para evitar que el protocolo de erradicación para acabar con la plaga que había adoptado la Administración, arrasara con los ejemplares sanos y casi con el 100% de las plantaciones de almendros de secano del norte de Alicante.
Después de nueve brotes, 76 municipios afectados de la Marina Alta, Marina Baixa y el Comtat, 395 parcelas infectadas, 440 positivos (a falta de 7.000 muestras) y 30.000 almendros arrancados (con previsión de erradicar 100.000), un juez de Alicante, por primera vez, ha denegado a la Generalitat la entrada a una parcela de Beniardá y otra de Alcalalí afectadas para proceder a la erradicación. En el auto, el magistrado expone lo que desde ASAJA Alicante y AXFA venimos reclamando desde hace año y medio, y es que la erradicación puede ocasionar más perjuicios que la propia plaga, y más, teniendo en cuenta que en otros lugares donde existe Xylella hace años, como las islas Baleares o Italia, se ha modificado el protocolo de actuación, pasando del sistema de erradicación al de Contención, por el cual tan sólo se arranquen los ejemplares infectados. Bajo estos argumentos, el magistrado ha dictaminado que la contención podría ser una medida que se podría aplicar a las parcelas en cuestión y, por ello, ha rechazado la petición de entrada de la Generalitat.
Desde ASAJA Alicante consideran que esta resolución aporta un halo de esperanza para los agricultores afectados y, sin duda, sienta un precedente muy importante, ya que pone de manifiesto que la erradicación no es la única opción para combatir la Xylella fastidiosa. “Por fin un juez de Alicante pone de manifiesto la gravedad que comporta el Plan de Erradicación que aplica la Conselleria para luchar contra la Xylella y pone sobre la mesa el plan de Contención que llevamos pidiendo desde hace un año y medio y la mentira a la que nos ha tenido sometidos la Conselleria, escudándose en que la erradicación es la única opción y en que ellos cumplen con el protocolo que dicta la UE para erradicar la bacteria” afirma el portavoz de AXFA, Francisco Molines.
Por su parte, el presidente de Jóvenes Agricultores ASAJA Alicante, Eladio Aniorte, asegura que, al fin, la justicia empieza a ser “justa y a amparar” a los únicos afectados en este asunto, los agricultores. “La intensa disputa que desde ASAJA Y AXFA hemos tenido todo este tiempo con la Conselleria de Agricultura por la modificación del protocolo, en la que nos han tachado de irresponsables, casi culpándonos de la propagación de la Xylella, simplemente por oponernos al arranque de los árboles sanos a través de actos de protesta, manifestaciones o concentraciones totalmente pacíficas, empieza a tener sentido y nos da ánimos para seguir luchando por la contención, que es lo más justo, una vez que la plaga está extendida. Que, al menos, un juez haya considerado que nuestra petición no es ningún disparate, sino una decisión totalmente cabal y prudente ante un daño que es totalmente irreversible demuestra que ya hay un cambio de rumbo jurídico en este asunto y abre la puerta a la sustitución definitiva de la erradicación por la contención”.