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freno al duro castigo en bolsa

Tregua en Liberbank: la CNMV prohíbe un mes las ventas en corto sobre el banco

12/06/2017 - 

MADRID (EP). La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha prohibido con efectos inmediatos y por el plazo de un mes las ventas en corto y operaciones similares (posiciones cortas) relacionadas con acciones de Liberbank. El organismo supervisor ha adoptado esta decisión tras valorar todas las circunstancias concurrentes y, en particular, la evolución durante los últimos días de la cotización de Liberbank y la "muy probable" relación de dicha evolución con la actuación de resolución decidida por la Junta Única de Resolución el pasado 7 de junio con respecto al Popular.

La cotización de Liberbank se ha visto afectada por fuertes descensos y una alta volatilidad en un contexto en que no hay informaciones negativas difundidas por la entidad ni pendientes de difundir, según ha explicado la CNMV. Las acciones de Liberbank cayeron un 17,58% en la sesión del pasado viernes tras la incertidumbre que ha desatado entre sus inversores la resolución del Popular y su posterior compra por parte de Santander al precio simbólico de un euro. En concreto, los títulos de la entidad cerraron la sesión a 0,68 euros, su menor precio desde agosto de 2016, acumulando diez sesiones consecutivas en rojo en las que su valor se ha depreciado un 44%.

Desde que se hizo pública la resolución de Banco Popular el pasado miércoles, los títulos de Liberbank han caído un 38%, lo que implica que la capitalización bursátil de la entidad ha caído en 385 millones de euros en tan solo tres sesiones, hasta el entorno de los 600 millones de euros.

La Autoridad Europea de Mercados de Valores (ESMA) ha emitido este lunes su opinión en relación con la medida acordada por la CNMV considerando que es "apropiada y proporcionada" y que su duración está justificada.

La CNMV,  que ha descartado prohibir las posiciones cortas sobre más valores, ha adoptado esta medida al amparo de lo previsto en el artículo 20 del Reglamento 236/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, sobre las ventas en corto y determinados aspectos de las permutas de cobertura por impago. En concreto, el organismo supervisor ha acordado imponer con efectos inmediatos la prohibición de realización por cualquier persona física o jurídica de ventas en corto y de operaciones que creen un instrumento financiero o estén vinculadas a un instrumento financiero, y cuyo efecto o uno de cuyos efectos sea conferir una ventaja financiera a dicha persona física o jurídica en caso de que disminuya el precio o valor de las acciones de Liberbank.

La prohibición se mantendrá por un periodo de un mes, desde el momento de su publicación, este lunes, hasta las 23:59 horas del 12 de julio de 2017 inclusive, pudiendo prorrogarse de conformidad con el artículo 24 del Reglamento 236/2012 o levantarse antes de dicha fecha.

Se excluyen de la prohibición las siguientes operaciones: las actividades de creación de mercado en los términos previstos en el Reglamento 236/2012 y la creación o incremento de posiciones cortas netas cuando el inversor que adquiere un bono convertible tiene una posición neutral en términos de delta entre la posición en el elemento de renta variable del bono convertible y la posición corta que se toma para cubrir dicho elemento.

También se excluyen la creación o incremento de posiciones cortas netas cuando esté cubierta con una compra equivalente en términos de proporción en derechos de suscripción y la creación o incremento de posiciones cortas netas a través de instrumentos financieros derivados sobre índices o cestas de instrumentos financieros.

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