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TRAS TUMBAR EL TSJCV EL DE 2015

Sanidad podrá mantener el copago al no recurrir el Estado el decreto de 2017

8/07/2017 - 

VALÈNCIA (E.P./EP). La Conselleria de Sanidad podrá mantener las ayudas al copago farmacéutico y ortoprotésico de 2017 tras declarar el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) la nulidad de los decretos del Consell 239 y 240/2015, de 29 de diciembre tras estimar un recurso presentado por el Estado. Las ayudas de 2016 ya están ejecutadas, por lo que en principio la sentencia no afecta, y el Gobierno de Mariano Rajoy no ha recurrido el decreto de 2016, que sería el que podría anular las ayudas para 2017.
 
Según explican desde Sanidad, de acuerdo con las consultas realizadas con la Abogacía, las ayudas seguirán concediéndose con total normalidad. Además, la sentencia no es firme por lo que se está ultimando un recurso de casación contra el pronunciamiento del TSJ. La sentencia señala que Sanidad no fija los presupuestos económicos que deben tener los posibles beneficiarios. 

Afirma que los decretos deberían fijar los presupuestos económicos que deben poseer las personas con diversidad funcional y los pensionistas para acceder a la subvención. Al no haberlo hecho así, añade la sentencia, "se incumple el mandato constitucional y se desvirtúa la finalidad de las subvenciones que aquellas normas establecen". Mientras, la conselleria entiende que sí existen unos criterios definidos de situación de necesidad económica como es en el caso de los pensionistas el hecho de tener unas rentas inferiores a 18.000 euros anuales para conceder las ayudas.

La Administración del Estado, en su recurso, consideraba que los decretos pretenden dejar sin efecto una norma estatal que regula el copago farmacéutico y ortoprotésico, lo que a su juicio implica una desviación de poder. Pero la Sala asegura que los decretos no suponen una desviación de poder porque, al amparo de la competencia autonómica, se persigue que las personas en situación de desamparo requieran una actuación protectora para atender unas necesidades que no están cubiertas por la Seguridad Social en el actual contexto normativo.

La Generalitat argumentó que nada impide que las Comunidades Autónomas con competencia en materia de asistencia social otorguen ayudas a personas con prestaciones asistenciales de la Seguridad Social y se encuentren en situación de desempleo, como son los discapacitados o pensionistas, según indica el texto de la sentencia. El fallo judicial impone las costas a las partes demandadas -la Generalitat y el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad Valenciana-, que se fijan en un máximo de 3.000 euros.

La consellera Carmen Montón lamentaba el interés del Gobierno de España en bloquear las iniciativas desarrolladas por la Generalitat encaminadas a la devolución de los derechos sanitarios. Por ello, insistía en la derogación del Real Decreto 16/2012, la medida a través de la que  el Gobierno de Mariano Rajoy introdujo los copagos entre pensionistas o  la exclusión sanitaria a migrantes en situación irregular.  

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