Se tendrán en cuenta la densidad de población y las características de los municipios colindantes
VALÈNCIA. El Ministerio de Sanidad ha dispuesto en una orden publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la supresión de las franjas horarias para municipios o entes locales de hasta 10.000 habitantes, aunque se deberán cumplir una serie de requisitos que impedirán que la exención sea efectiva en todas estas localidades.
Según lo establecido en el BOE, cuyo objeto es la flexibilización de restricciones "en los municipios de menor tamaño que aún se encuentran en Fase 0 y Fase 1", las localidades deberán poseer, en primer lugar, una densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado.
Además, se mantendrán las franjas en aquellos términos cuyo casco urbano colinde con otro municipio o ente local que no cumpla las condiciones anteriores. Igualmente, y aunque ambos municipios cumplan los requisitos, si la suma de sus poblaciones supera el límite de habitantes o excede la densidad de población establecida, tampoco se beneficiarán de la eliminación de las franjas horarias.