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también deberán informar de su dedicación posterior al paso por la administración

Los altos cargos tendrán dos meses para presentar su declaración de bienes tras salir del Consell

18/08/2017 - 

VALÈNCIA. Ya hay un primer borrador. Diez meses después de que Les Corts aprobaran la ley de Incompatibilidades y Conflicto de Intereses que impulsó Compromís a instancias de Isaura Navarro, la Conselleria de Transparencia ya ha ampliado la normativa cuya esencia es evitar, en definitiva, las puertas giratorias a los altos cargos cuando éstos dejen de serlo. El decreto que desarrolla esta ley describe también la estructura orgánica y funcional de la futura Oficina de Control de Conflicto de Intereses.

Si en el germen de la ley ya quedaron grabados aspectos llamativos como que consellers, secretarios autonómicos, directores generales y cargos no electos, estuvieran obligados tres años después de cesar en el cargo a informar a la Oficina de Control de Conflictos de Intereses sobre la actividad laboral que realicen, el borrador -a expensas de poder ser modificado todavía- elaborado por el departamento que dirige Manuel Alcaraz ha puesto negro sobre blanco los plazos con los que cuentan para cumplir con este precepto. Así, la nueva Oficina concederá un máximo de dos meses para presentar la declaración de actividades.

De esta manera, detalla qué información deberá contener esta declaración. Si desempeña su actividad laboral en una empresa privada, tendrá que especificar si es por cuenta ajena o propia, así como concretar si la empresa en la que presta servicios "está relacionada directamente con las competencias del cargo ocupado" con anterioridad o si, por el contrario, se va a reincorporar a la empresa en la que previamente a convertirse en alto cargo desarrollaba su actividad profesional.

En el caso de trabajar en la administración, deberán describir si se trata de un "reingreso en la función pública", si son otras actividades de carácter público, o si, por otra parte, pasarán a estar en situación de desempleo o jubilación.  

La diputada de Compromís, Isaura Navarro. Foto: CORTS

Declarar actividades ejercidas dos años antes del nombramiento

Como novedades, el reglamento desarrolla también las obligaciones tras el nombramiento del cargo. Así, el texto obliga a que los cargos públicos declaren las actividades ejercidas durante los dos años antes a la toma de posesión. Un strepteasse del pasado de cada uno que incluya tanto la entidad u organismo donde ha desempeñado su actividad laboral, como el cargo y el período comprendido.

Por lo que respecta a los apartados más sensibles o que levantaron más ampollas entre los socios del Consell, se mantienen igual que en la ley, es decir, no se endurecen. Es el caso, por ejemplo, de la compatibilidad de los altos cargos para compaginar su labor parlamentaria con la docencia, que ninguno podrá desarrollar más allá de 60 horas lectivas por curso ni la remuneración podrá superar en cualquier caso el 30% de su salario.  

No obstante, el nuevo decreto señala que en el momento en el que sea nombrado alto cargo, si está ejerciendo actividades docentes, deberán "cesar en su ejercicio hasta que se dicte autorización". Esto es, hasta que la Oficina de Control de Conflicto de Intereses determine que no existe incompatibilidad alguna o que se va a cumplir las obligaciones que marca la ley. 

Por otra parte, se limita la aplicación de las disposiciones relativas a las incompatibilidades y el procedimiento sancionador al personal de libre designación, a quien sólo se les aplicará las obligaciones que deben cumplir los altos cargos ante el Registro de Control de Conflictos de Intereses.

Oficina Control de Conflicto de Intereses

Este nuevo organismo adscrito a la Conselleria de Transparencia publicará "en el Portal de Transparencia, GVA Oberta o en la web correspondiente al sector público instrumental" las declaraciones presentadas en el Registro al nombramiento y al cese. Además, también se encargará de publicar las resoluciones sobre incompatibilidades; una información que estará disponible en dichos portales hasta tres años después del cese como alto cargo. 

Con los límites que suponga la Ley de Protección de Datos, estas declaraciones deberán hacerse públicas también en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) los dos primeros meses del año natural, junto con el currículum vitae y las resoluciones de incompatibilidades. 

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