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La jueza archiva la denuncia por prevaricación en el macroconcurso de las ambulancias

31/07/2018 - 

VALÈNCIA. La magistrada del Juzgado de Instrucción número 5 de València ha archivado la denuncia por falsedad documental y prevaricación contra Antonio Catalán, de la empresa Transvia; Manuel Santa Cruz, de la UTE Ayuda y Alquiler Car Deluxe, y el actual subsecretario de Estado de Sanidad, ex director general de Recursos Humanos y Económicos de la Conselleria de Sanidad Universal, Justo Herrera, que presentaron Ambulancias Lapeña, Ambulancias Ribera Alta y Ambulancias Pascual después de que los primeros fueran adjudicatarios del concurso de servicio público de ambulancias en la Comunitat Valenciana por 226 millones de euros.

El concurso de transporte sanitario terrestre urgente y no urgente de la Comunitat Valenciana fue adjudicado a la Unión Temporal Ayuda, de la que formaban parte Transvia y Alquiler Car. Algunas empresas perdedoras, Ambulancias Lapeña, Ambulancias Ribera Alta y Ambulancias Pascual, interpusieron una denuncia al considerar que las certificaciones ISO 14001 que eran necesarias para optar al concurso habían sido falsificadas, al igual que el certificado UNE 179002, necesario para el transporte sanitario, según el auto de archivo al que ha tenido acceso Valencia Plaza.

Sin embargo, la magistrada asegura en su auto que la certificación de la empresa Transvia, defendida por el letrado Carlos Barbas, es auténtica, tal y como lo certificó la Agencia para la Certificación de Calidad y Medio Ambiente. De hecho, el certificado se expidió en el año 2012 y en él se incluía tanto el nombre comercial, Transvia SL, como el del Grupo Transvia. Por tanto, expone la juez, "ningún indicio de falsedad se aprecia en la certificación aportada al expediente de contratación, al ser auténtico el documento como lo certifica la entidad que lo emitió".

Y apostilla que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ya se pronunció al resolver el recurso interpuesto por los ahora denunciantes, "quien resolvió las cuestiones planteadas por las partes, que son en esencia las que ahora se plasman en la denuncia en relación a la falta del certificado de calidad de la empresa Transvia, desestimando las pretensiones y dando validez a la certificación aportada por Transvia".

La otra certificación que según los denunciantes no existe es la de Car Deluxe, pero la magistrada da por válida la que la incluye dentro del conglomerado Grupo ASV-Transporte Sanitario Ayuda porque "la certificación de cada empresa está vinculada a la certificación del grupo, y que ésta se emitió tras haberse hecho una auditoría en la que se decía que el grupo cumplía satisfactoriamente los requisitos de la ISO 9001 y de la UNE 179002".

En cuanto a la presunta prevaricación denunciada, y que hace referencia a la resolución firmada por Justo Herrera, asevera la magistrada que "se disipa cualquier duda sobre lo ajustado de la misma a las normas del procedimiento administrativo de contratación, independientemente de que se comparta o no su fundamentación y resolución final". 

Y dice, citando el informe fiscal que pide en sobreseimiento de la causa, que "en los hechos denunciados y al margen de los defectos que en el expediente administrativo pudieran haberse producido, de la finalidad, entidad y consecuencias derivadas de la actuación administrativa, no se desprende ni la arbitrariedad ni la injusticia reclamada por la legislación penal".

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