como presunto inductor

La Fiscalía pide 25 años de cárcel para el ex calcalde de Polop por el crimen de su antecesor

26/07/2017 - 

ALICANTE (EFE). La fiscalía solicita provisionalmente una pena de 25 años de cárcel para el exalcalde de Polop de la Marina Juan Cano como presunto inductor del asesinato de su antecesor en el cargo, Alejandro Ponsoda (PP), cometido hace una década, según el escrito de acusación al que ha tenido acceso Efe.

El ministerio público ha pedido la misma condena para otros tres sospechosos, el empresario local Salvador Ros, y los responsables de un club de alterne, Mesalina, ubicado en la vecina población alicantina de Finestrat, Pedro Hermosilla y Ariel Gatto.

Sin embargo, eleva su petición hasta los 27 años de cárcel para los tres presuntos autores materiales del crimen -Radim Rakowski y Robert Franek, ambos de nacionalidad checa, y Rafael Montero Trevejo- pues, además del delito de asesinato en concurso con el de atentado, común a los siete procesados, les atribuye un delito de tenencia ilícita de armas.

El crimen de Ponsoda debe ser juzgado en la Audiencia de Alicante por el procedimiento de jurado popular, aunque antes deben resolverse diversos recursos de apelación presentados por las defensas ante el juzgado de Villajoyosa que instruye la causa.

Todos los acusados están en libertad provisional por este procedimiento a la espera de la celebración de la vista oral y el total de las penas solicitadas por la fiscalía para ellos asciende a 181 años de cárcel.

Según la acusación pública, Juan Cano, que fue concejal de Urbanismo de Polop hasta 2003, guardaba "rencor" al alcalde Ponsoda porque creía que éste no le había apoyado cuando el PP le relegó al décimo puesto de las listas para las elecciones municipales de ese año, lo que impidió que resultara reelegido en la legislatura que comenzaba.

El partido había tomado esa decisión "con motivo de unas supuestas grabaciones en las que solicitaba dinero a un empresario", relata la fiscal del caso, aunque Cano "trató de hacerse con el control" del urbanismo local a través de una gerencia urbanística que, sin embargo, no llegó a prosperar por la oposición del nuevo edil del área, Juan Andrés Llorens.

Ya en 2007, Cano regresó a la política activa y logró situarse como número dos de las listas electorales, por cuanto que el comité que debía aprobarlas estaba presidido por él mismo, y acabó siendo nombrado teniente de alcalde y repitiendo como concejal de Urbanismo.

En verano de ese año, el edil y un empresario local del sector del calzado, Salvador Ros, "se concertaron" con el propietario y el gerente del club Mesalina para acabar con la vida de Ponsoda, "movidos por la animadversión que sentían hacia él por razón de su cargo de alcalde", siempre según la versión acusatoria.

De este modo, contactaron con un individuo que tiene la condición de testigo protegido para ofrecerle supuestamente 35.000 euros por cometer el crimen, pero él lo rechazó.

Ante esa negativa, los sospechosos hicieron el encargo presuntamente a otros tres individuos, Rafael Montero Trevejo, Radim Rakowski y Robert Franek, a quienes conocían por frecuentar los locales de alterne en la zona o trabajar en algunos de ellos como porteros y que "tenían fácil acceso al mercado ilegal de armas de fuego".

Los supuestos sicarios se desplazaron a Polop sobre las 21.20 horas del 19 de octubre de 2007 provistos de dos pistolas de distinto calibre con las que supuestamente dispararon tres veces Ponsoda a través de la ventanilla de su vehículo a las puertas del garaje de su domicilio.

Una de las balas alcanzó al entonces alcalde y quedó alojada dentro de su cabeza, lo que le causó la muerte en la madrugada del 27 de octubre de ese mismo año en el Hospital General de Alicante.

Las armas utilizadas en el crimen no han sido localizadas y, tras el asesinato de Ponsoda, Cano resultó investido como nuevo alcalde de Polop hasta su detención, realizada por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil dos años más tarde. Además de las penas de prisión, la fiscalía reclama que los siete acusados indemnicen conjuntamente a cada una de las dos hijas del fallecido con 120.000 euros.

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