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acordada el pasado 12 de junio

La CNMV extiende dos meses más la prohibición de ponerse corto sobre Liberbank

12/07/2017 - 

MADRID (EP). La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha decidido prorrogar dos meses la prohibición de realizar ventas en corto sobre acciones de Liberbank acordada el pasado 12 de junio. El supervisor de los mercados ha tenido en cuenta la evolución reciente de la cotización de la entidad, la volatilidad mostrada por el valor, que ha sido "superior a la del mercado", y los datos disponibles sobre préstamos de valores, tras lo cual ha considerado "apropiada" la ampliación de la medida.

La CNMV decidió el pasado 12 de junio establecer una prohibición sobre las posiciones cortas de Liberbank durante un mes con el objetivo de frenar la alta volatilidad del valor en los días previos, que mantenía una "muy probable" relación con la resolución de Popular, decidida por la Junta Única de Resolución cinco días antes.

De esta forma, el veto se extiende hasta el próximo 12 de septiembre a las 23.59 horas y existe la posibilidad de prórroga por periodos renovables no superiores a tres meses "si se mantienen las circunstancias" que motivaron la prohibición. Concretamente, se mantiene prohibida la realización de ventas en corto y operaciones que creen un instrumento financiero o estén vinculadas a un instrumento finanicero y cuyo efecto, o uno de cuyos efectos, sea conferir una ventaja financiera a dicha persona física o jurídica en caso de que disminuya el precio o valor de las acciones de Liberbank, según ha explicado el supervisor.

No están incluidas en la medida la creación o el incremento de posiciones cortas netas cuando el inversor que adquiere un bono convertible tiene una posición neutral en términos de delta entre la posición en el elemento de renta variable del bono convertible y la posición corta que se toma para cubrir dicho elemento; cuando la creación o incremento de la posición corta en acciones esté cubierta con una compra equivalente en términos de proporción en derechos de suscripción o a través de instrumentos financieros derivados sobre índices o cestas de instrumentos financieros. Incumplir esta prohibición constituye una infracción muy grave a la Ley del Mercado de Valores, según ha explicado el supervisor en un comunicado.

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