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La CEV también es condenada a pagar el finiquito del alicantino López Mora en Cierval

6/11/2018 - 

VALÈNCIA. (EP). El juzgado de lo Social número once de València ha declarado improcedente el despido de López Mora, ex secretario general de la que fuera patronal autonómica Cierval y condena solidariamente a la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CECV) --antes la provincial CEV--, la CEC de Castellón y COEPA de Alicante (ambas en estado de concurso) a su readmisión en el mismo puesto o al abono de una indemnización de 32.975 euros. El juez entiende que existe sucesión de empresas de la CECV con la extinguida Cierval y una unidad empresarial entre las distintas patronales.

Así lo acuerda en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el magistrado considera que concurren los requisitos necesarios para que pueda declararse la existencia de la siucesión empresarial pues la actividad que realizaba la Cierval la asume la CEV, que por la ampliación de su ámbito de actuación pasa de ser provincial a autonómico y por la asunción de las subvenciones, que anteriormente iban destinadas a Cierval.

La sentencia, que va a ser recurrida por la CECV en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana según ha manifestado la organización a Europa Press tras conocer la resolución, considera acreditado, según relata el magistrado, que la patronal CEV, que en su inicio tenía ámbito de actuación en la provincia de Valencia, es miembro fundador de Cierval, tal como recogen los estatutos y al formar parte de la Asamblea General participa en las decisiones.

 

Cambio de estatutos de la CEV

Así tras el procedimiento concursal, que extinguió la personalidad jurídica de Cierval, se privó a las otras tres patronales, integradas en esta asociación, de las subvenciones o ayudas públicas y la CEV, en 2017, hizo dos modificaciones de los estatutos, una para ampliar su actividad a toda la Comunitat y otra para cambiar de nombre, por lo que concluye que "esto supone que esta patronal ha asumido la actividad que antes llevaba a cabo Cierval". Añade que esta sucesión se produjo el 9 de mayo de 2017, antes del despido del ex segretario general.

Cierval despidió a su secretario general en el 16 de mayo en virtud del expediente de regulación de empleo presentado para extinguir todos los contratos y cerrar la mercantil.

Esta sentencia, que puede ser recurrida, se pronuncia, según recuerda el magistrado en su escrito, en el mismo sentido que lo hizo el juzgado de lo social número dos que, en julio, declaró improcedente el despido de cuatro trabajadores y solicitó su readmisión en igualdad de condiciones a las que tenían con anterioridad a su cese o que se diera por extinguidos sus contratos con la indemnización correspondiente.

El juez entendió también que existe sucesión de empresas de la CECV con la extinguida Cierval y una unidad empresarial entre las distintas patronales. Consideró que, pese a la "singularidad" del caso (sustitución de una organización empresarial representativa por otra), concurre el supuesto de "sucesión empresarial", que ocasiona que la continuidad de la actividad empresarial "determine la responsabilidad solidaria de la cesionaria en las obligaciones laborales de la cedente respecto de las actoras y nacidas con anterioridad a la cesión".

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