VALÈNCIA. Los motivos de la Audiencia Nacional para absolver a los 34 acusados en el juicio por la salida a bolsa de Bankia se podrían resumir en uno solo: la falta de concreción de los hechos. La sentencia dictada por la Sala de lo Penal y notificada este martes llega a las conclusiones principales de que la operación tuvo la aprobación de todos los supervisores —Banco de España, CNMV, FROB y EBA—, que el folleto contenía una "información cabal" para los inversores que decidieron emplear sus ahorros en la adquisición de acciones de la entidad bancaria y que no existe conducta constitutiva de delito.
El escrito, de 442 páginas, no considera probado que el expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, cometiera estafa a los inversores y falsedad contable. Tampoco le atribuye este último delito al que fuera dirigente de la entidad y de Banco de Valencia, José Luis Olivas, quien tiene pendientes otras causas de presunta corrupción pero ha logrado librarse en este asunto de tanta relevancia en el mundo bancario al tratarse del mayor rescate financiero de la historia de España.
La Audiencia Nacional abronca a la Fiscalía Anticorrupción por no acreditar suficientemente las acusaciones y por las referencias respecto a los implicados. Así, hace hincapié que el Ministerio Público señaló a Rato y Olivas como responsables de la decisión de presentar las cuentas anuales del grupo BFA (matriz de Bankia) de 2010 "ocultando los deterioros puestos de manifiesto en el informe de Pricewaterhousecoopers".
Este informe, que fue una de las piezas clave del procedimiento, determinaba los ajustes que tendrían que afrontar las siete cajas que se fusionaron en Bankia y las posibles pérdidas, estimadas en un rango de 11.500 millones y superiores a las previstas en el plan de integración. La cifra se quedó incluso corta, puesto que la cúpula de la entidad, como declaró Rato en el juicio, provisionó cerca de 13.000 millones.
Los magistrados rechazan, de esta manera, la tesis de que Rato y Olivas ocultaran los deterioros y que para ello contaran, además, con la colaboración del Director General Financiero y de Riesgo, Ildelfonso Sánchez Barcoj; y con el auditor externo Francisco Celma. Se trata, indica la sentencia, de "simples discursos absolutamente improbados que parten de una premisa no obediente con la realidad, como es la existencia de deterioros ocultos en las cuentas anuales consolidadas de BFA de 2010". Motivo por el que "resulta imposible" a los acusados "defenderse de tan genérica, vaga e imprecisa imputación".
La Fiscalía y las acusaciones populares y particulares afirmaron de Olivas que "no solo tenía perfecto conocimiento de la deteriorada situación económica de Banco de Valencia por su posición y por las alertas en tal sentido le habían transmitido los responsables de Banco de España, sino que además, en posición de obtener cualquier tipo de información al respecto y en base a su trayectoria, la existencia de control era evidente". La Audiencia Nacional rebate estos argumentos y señala que no puede quedar probado ante la inconcreción de la acusación de que cometiera falsedad contable.
Otro de los argumentos de Anticorrupción es que las decisiones que motivaron que la información incluida en el Folleto de salida a bolsa de Bankia no correspondiera a la realidad económica y patrimonial de la entidad fueron tomadas por Rato, Olivas y el Consejero José Manuel Fernández Norniella.
Pero de nuevo, sostienen los magistrados, "las inconcreciones y vaguedades constituyen la característica dominante de la descripción de estos eventos, ya que nada se indica acerca del contenido preciso de las mencionadas decisiones, ni se vierte la más mínima referencia respecto a quién, a cómo y cuándo se comunicaron esas decisiones por parte de los señores Rato y Olivas a las personas que elaboraron el Folleto".
La sentencia menciona igualmente la reunión celebrada en mayo de 2010 entre Rodrigo Rato, José Luis Olivas, el Gobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez y el subgobernador Javier Aristegui Yáñez. Según encuentran probado los magistrados, el objetivo del encuentro por parte de Fernández Ordoñez era convencer a los dos primeros de que Bancaja se integrara con el resto de cajas porque, de lo contrario, existía "riesgo de intervenir la entidad". Algo a lo que Olivas se mostró reacio pero accedió dada la "situación compleja".
Esta reunión, afirma la Sala, fue silenciada por la Fiscalía, pero "es sin duda demostrativa de que la creación del Sistema Institucional de Protección (SIP) de Bankia obedeció a decisiones adoptadas por las autoridades económicas, sin iniciativa alguna por parte de los acusados".
Todos estos argumentos son los que halla la Audiencia Nacional, por tanto, para absolver a Olivas, Rato y el resto de acusados. Entre ellos, los valencianos Ángel Daniel Villanueva Pareja (consejero del BFA), Rafael Ferrando Giner, José Manuel Serra Peris y Francisco Juan Ros García.