en un auto firmado por el juez santiago pedraz

La Audiencia Nacional admite a trámite la querella presentada por Afedent contra iDental

El magistrado abre una pieza separada y los acepta como acusación particular

25/06/2019 - 

El magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, en sustitución temporal de su compañero José de la Mata, juez titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, ha admitido a trámite la querella presentada por Afedent, la Asociación de Usuarios Afectados por Negligencias Médico Dentales, contra el fraude de las clínicas odontológicas iDental. Estas clínicas dejaron miles de usuarios afectados, unos 3.000 por el momento según los cálculos de la propia instrucción judicial, aunque en el auto se reconoce que podrían ser decenas de miles las personas afectadas. 

En el escrito firmado por Pedraz, al que ha tenido acceso Alicante Plaza, el juez explica que Afedent formuló la querella por supuesto delito de administración fraudulenta, pertenencia a organización criminal, estafa continuada, apropiación indebida, contra la salud pública, alzamiento de bienes, falsedad documental, lesiones y blanqueo de capital, contra iDental. Y añade que "los hechos que resultan de las anteriores actuaciones presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal". La Audiencia Nacional instruye una causa contra iDental desde 2018.

Desde que se abrió la instrucción, numerosas personas y asociaciones habían presentado querellas para ser acusación particular, pero el criterio de De la Mata ha sido abrir piezas separadas para cada uno de ellos, de forma que tienen acceso a su parte del sumario, pero no a todo, lo que evita que el procedimiento se dilate eternamente. Así, con Afedent, se ha seguido el mismo criterio. El juez lo explica diciendo que "al objeto de simplificar y ordenar el procedimiento, se considera procedente la formación de una pieza separada".

El auto

Con respecto a las presuntas prácticas médicas negligentes y la estafa a los usuarios, el magistrado expone que iDental "ha venido ofreciendo paralelamente un sistema de financiación de tratamientos, a través de entidades colaboradoras" como EVO Finance o Santander Consumer, entre otras. Créditos que los afectados ya no tienen que seguir pagando.

En el auto prosigue explicando que, según se explica en la querella, "la organización iDental percibía de esta forma el abono íntegro anticipado del precio de sus servicios. Una vez percibido este precio, afirma la denuncia que los pacientes eran atendidos por personal no cualificado, se empleaba material de baja calidad, y los tratamientos no eran finalizados, dejando los procesos odontológicos incompletos, con los consiguientes perjuicios para los pacientes. Los procesos y tratamientos finalmente quedaron interrumpidos, hasta llegar finalmente al cierre de las clínicas".

Los querellantes denunciaban una miríada de delitos, por lo que el magistrado responde en el escrito que, de momento, se investiga el fraude, pero que "probablemente estén asociados otros comportamientos delictivos, en los términos que se han indicado con anterioridad", y que los denunciantes "sí reúnen los requisitos para acepta la competencia en la Audiencia Nacional", ya que los afectados por los cierres de las clínicas son de diversas comunidades autónomas.

Y lo hace así porque afirma que, esta causa no es simplemente una causa muy voluminosa cuya instrucción pueda calificarse de tediosa por la repetición de conductas delictivas contra múltiples perjudicados, pero que no ofrece una complejidad cualitativamente relevante. Hay un plus: el volumen extraordinario de la causa; el despliegue de la operativa presuntamente fraudulenta a lo largo y ancho de todo el territorio nacional; la existencia de miles o decenas de miles de perjudicados; y la existencia de una aparentemente compleja estructura societaria y de financiación de la estructura y de las operaciones. Todos estos elementos hacen precisa, por razones de racionalidad, lógica, economía y sistemicidad procesal, una concentración sin la que se frustrarían los objetivos del proceso.

Sobre el tipo de acusación que se solicita, que es particular y no popular, el auto dice que en el presente caso "el querellante acredita que de forma personal y directa puede haber sido perjudicada por los delitos a los que se contrae la querella", lo que le permite personarse en el procedimiento como perjudicada y, por lo tanto, "en calidad de acusación particular".

Macrocausa

Esta macrocausa ha visto, de momento, como una de sus piezas ya ha sido instruida. De La Mata puso fin a la instrucción de la primera pieza separada del caso iDental el pasado mes de mayo, y dictó un auto en el que propone juzgar a la que fuera su cúpula directiva por 24 delitos contra la Seguridad Social que causaron un perjuicio a las arcas públicas de 23,6 millones de euros.

En concreto, el magistrado encontró durante la instrucción indicios suficientes para sentar en el banquillo a los primeros administradores de iDental, a los alicantinos Javier García Pellicer y Vicente Castañer Blasco junto a los posteriores propietarios Luis Sans Huecas y los hermanos José María y Juan Garrido López, así como a quienes entiende que fueron sus colaboradores José Luis González y Domingo Bejarano.

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