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catedráticos y profesores de Derecho Constitucional y administrativo analizan la norma

Inconstitucional vs. Estatutaria: división entre los expertos con la ley de diputaciones de Podem

24/09/2018 - 

VALÈNCIA. El pasado jueves, Podemos dio un golpe de mano. Cansados de esperar la ley de Gobiernos Locales que anunció el president de la Generalitat, Ximo Puig, en julio -y que ya había sido revelada por el director general de Administración local Antoni Such en noviembre de 2017-, la formación morada presentó una proposición de ley para vaciar de competencias las diputaciones. La ansiedad por abordar esta cuestión la motivó la Operación Alquería. Fue el input necesario para que se pusieran manos a la obra en el que había sido uno de los horizontes del Botànic al inicio de la legislatura. 

Esta ley fija que la Generalitat asume como propias las competencias de "Infraestructuras; Turismo; Cultura y Deportes; Educación; Salud y Bienestar Social; Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible; Empleo; Seguridad y Orden Público". A su vez, establece que el Gobierno valenciano delegará en los órganos provinciales la ejecución de aquellas competencias que "no sean de interés general para la Comunitat Valenciana", y deberá hacerlo de "de manera expresa". 

Las diputaciones guardarían ciertas facultades como la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica en municipios de menos de 1.000 habitantes o la prestación de servicios de administración electrónica y la contratación centralizada en aquellos de menos de 20.000. En definitiva, todas aquellas potestades que les atribuye la legislación estatal (ley 7/1985 de Bases de Régimen Local en sus artículos 36.1 y 36.2). 

El secretario general de Podemos, Antonio Estañ. Foto. KIKE TABERNER

La intención del partido que dirige Estañ es que la norma llegue a aprobarse antes de que se convoquen las elecciones de mayo. Una pretensión prácticamente inviable si se atiende al calendario parlamentario. A no ser que, como aspiran los morados, esta pudiera salir adelante por procedimiento de lectura única. Es decir, un método que no admite enmiendas ni modificaciones al texto legal presentado al reunir el suficiente consenso por parte de una mayoría parlamentaria y que permite, además, sortear todos los trámites habituales que supera una ley antes de ser validada y cuyos plazos rozan e, incluso, sobrepasan con frecuencia los seis meses.

Para sumar esa mayoría parlamentaria, Podemos ha emplazado este lunes a PSPV y Compromís para que realicen aportaciones a su propuesta y así tratar de llegar a un acuerdo. La negociación no será fácil. Si bien los valencianistas son más proclives al pacto, los socialistas tienen serias dudas en dos cuestiones que la ley planteada no afronta: qué sucedería con el personal de las corporaciones provinciales y con el presupuesto que el Estado les transfiere a estos entes. 

Más allá de las discrepancias que en esa reunión puedan surgir, la división que existe en el ámbito jurídico respecto a la viabilidad que puede tener esta ley es indiscutible. Valencia Plaza se ha puesto en contacto con catedráticos y profesores de Derecho Constitucional y de Ciencias Políticas y de la Administración entre los que la fragmentación impera. Si bien una mayoría coincide en su posible carácter inconstitucional, también los hay que defienden que esta posibilidad que recoge la ley de Podemos de coordinar las competencias de las diputaciones (e integrar en parte sus presupuestos) no sólo es legal, sino que está "expresamente previsto" en el Estatut de Autonomía de 1982 y 2006.

A la izquierda, Andrés Boix y Reyes Marzal. Foto: VP

Es el caso del profesor de Derecho Administrativo en la Universitat de València, Andrés Boix, que recuerda que fueron Les Corts Valencianes las que aprobaron en 1983 la ley de coordinación de las diputaciones. Una norma que ofrecía "la posibilidad a la Generalitat Valenciana de vaciar de ciertas competencias" a las corporaciones provinciales y además "imponerles medidas, directrices y ejecución de políticas". 

Aunque la sentencia del Tribunal Constitucional 27/1987 declaró inconstitucional determinados artículos de aquella ley -aquellos que suprimían actos de las diputaciones-, Boix asegura que "nunca vio problemática" en el resto del articulado en el que se establecía "la posibilidad efectiva de integración de prácticamente todas las competencias provinciales, incluso en la integración de los presupuestos asociados a los de la Generalitat". 

Así, si la nueva ley respeta las competencias que les atribuye a las diputaciones la normativa estatal -los artículos 36.1 y 36.2 de la norma de 7/1985 de las Bases de Régimen Local-, "la Generalitat Valenciana puede por su parte decidir y definir legislativamente cómo ordenar la prestación y las competencias que le son exclusivas según el Estatuto de Autonomía", sostiene Boix. Las potestades recogidas en esos artículos para los entes locales Podemos las mantiene en el texto presentado. Son responsabilidades tales como la prestación de servicios de tratamiento de residuos en los municipios de menos de 5.000 habitantes o la prevención y extinción de incendios en los de menos de 20.000. 

En sintonía con Andrés Boix, la profesora de Derecho Administrativo en la Universitat de València Reyes Marzal asegura que la clave está en el artículo 36 de la ley de Bases de Régimen Local. Si esta no se quebranta, es decir, si las competencias que fija esa norma no se sustraen, "una interpretación autonomista sería posible". 

Vicente Garrido junto al president de la Generalitat, Ximo Puig. Foto: MARGA FERRER

No obstante, y contrario a esta postura, para el expresidente del Consell Jurídic Consultiu (CJC) y ahora presidente honorífico de este órgano, Vicente Garrido, la ley tal y como la presenta Podemos atenta contra el artículo 137 de la Constitución, que describe que el Estado "se organiza territorialmente en municipios, provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan" y todas estas entidades "gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses". 

En este sentido, el también catedrático en derecho Constitucional explica que una ley de Les Corts "no puede regular el régimen de las competencias de las diputaciones ni el ejercicio de ellas porque vulnera el principio de autonomía administrativa que caracteriza a las administraciones provinciales" regulado en la Carta Magna. "Una ley del parlamento no puede afectar a la coordinación, pero no a las competencias", añade. Y aunque subraya que es partidario de que se supriman las diputaciones provinciales, Garrido considera que éste cambio debería realizarse modificando la Constitución. "En la ley presentada derogan la ley de diputaciones de 1983. Una norma en la que se establecen qué funciones de las diputaciones son de interés general para la Comunidad Valenciana. Suprimir esto es una barbaridad", indica. 

Garrido advierte, además, de que existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional. El alto tribunal "ya dictó una sentencia, la 32/81, que declaró inconstitucional casi toda la ley catalana en la que la Generalitat de Cataluña asumía las competencias de las diputaciones provinciales. Si presentan esta ley, pasará lo mismo", zanja el catedrático.  

Carlos Flores, a la derecha, junto a Ricardo García Macho y Emilia Bolinches, miembros del Consejo de Transparencia. Foto: MARGA FERRER

Un juicio que comparte también Carlos Flores Juberías. Miembro del Consejo de Transparencia y también catedrático de Derecho Constitucional, considera que aunque la ley establece que la Generalitat asume las competencias en materias como Educación, Turismo, e Infraestructuras y las diputaciones mantendrían algunas 'menores', se vaciaría casi por completo la institución. "No sirve como excusa decir que la institución se va a mantener si se le priva de los elementos definitorios, de los fines por los que nace, porque pierde su razón de ser", argumenta Flores tras secundar que la ley podría violar el artículo 137 de la CE. 

Si bien no se muestra tan rotundo como Flores y Garrido, Ignacio Durbán, investigador del Departamento de Derecho Constitucional, Ciencias Políticas y de la Administración de la Universitat de València, cree que el "mayor problema que se plantea con esta ley es que podría colisionar con la ley estatal de bases de régimen local". 

Con esta premisa, Durbán recuerda que a lo largo de esta legislatura ha habido una "fuerte inercia" por parte del Tribunal Constitucional a paralizar  "leyes valencianas si ha considerado que, a la mínima, existía una colisión" con alguna norma estatal. Una apreciación que comparten tanto Boix como Marzal, quienes subrayan que a pesar de ese talante recentralizador, "lo que dice su jurisprudencia sobre estas cuestiones es al sentencia de 27/1987", que anuló parte del articulado de la ley de coordinación de diputaciones pero mantuvo el resto.  

Ahora bien, más allá del contenido de la ley, a juicio de Durbán una reforma de este calado merecería "todo el proceso de tramitación que se lleva a cabo con cualquier proyecto normativo: exposición pública, informe del Consell Jurídic…" y no mediante el procedimiento pretendido por Podemos.  "La voluntad clara es caminar hacia la supresión de las diputaciones y eso no es posible sin un pacto de Estado. Se pude vivir sin diputaciones, pero el gran conflicto en la Comunidad Valenciana siempre ha sido Castellón y Alicante", añade. Si los grupos del Botànic llegan a un entendimiento este lunes, la intención de Podemos podría prosperar. De lo contrario, el tiempo corre en su contra a seis meses de que se disuelva el parlamento valenciano. 

Ignacio Durbán. Foto: VP

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