VALÈNCIA. La crisis por el coronavirus ha provocado estragos en el empleo. El goteo de empresas que han solicitado Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) no cesa. Los últimos datos de la Conselleria de Economía, a fecha 16 de marzo, ha recibido un total de 191 solicitudes de ERTE que afectan 6.649 personas de la Comunitat Valenciana. De estas solicitudes, 10 corresponden a empresas que operan en toda la Comunidad y afectan 2.656 trabajadores.
De estas solicitudes, 10 corresponden a empresas que operan en toda la Comunitat Valenciana y afectan 2.656 trabajadores. En concreto, es la provincia de Alicante la que ha recibido mayor número de solicitudes: 77, afectando a 2.246 personas.
Le siguen la provincia de Valencia donde el número de solicitudes asciende a 72 para 1.119 trabajadores, mientras que en Castellón el número de ERTE solicitados es de 32 para 628 trabajadores.
Se trata de una cifra que va en aumento ya que hasta un día antes, 15 de marzo, el departamento que dirige Rafa Climent había recibido 137 solicitudes que afectaban a 4.683 trabajadores.
Economía ha informado de que tramitará los ERTE que suponen la suspensión temporal del contrato o reducir la jornada de los trabajadores de forma temporal, pero "siempre que se acredite que existe una causa de fuerza mayor derivada de la situación actual, provocada por el coronavirus".
El objetivo de este departamento es "la aplicación de las medidas urgentes para responder al impacto económico de la COVID-19 que establece el Real Decreto Ley 7/2020 de 12 de marzo y evitar que se produzcan despidos, garantizando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos legal y reglamentariamente en este mecanismo legal".
Cabe recordar que el expediente de regulación de empleo temporal, regulado en el art. 47 del Estatuto de los Trabajadores (ET), permite a las empresas suspender los contratos de trabajo o reducir la jornada laboral de las personas trabajadoras de manera temporal.
Durante la suspensión del contrato, la persona trabajadora continúa vinculada a la empresa pero sin derecho a percibir su sueldo, ni el resto de complementos como pagas extra o vacaciones, y terminada la situación excepcional, se reincorporará a la empresa, y no perderá la antigüedad a efectos de despido, ya que la suspensión del contrato es por una causa ajena al trabajador.