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hay mejoras en la tramitación

Estos son los requisitos de las ayudas del Plan Renhata para reformas de interior de viviendas

20/03/2018 - 

VALÈNCIA. (EP). El Diario Oficial de la Generalitat (DOGV) ha publicado la orden de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio por la que se aprueban las bases reguladoras del Plan Renhata de ayudas para actuaciones de mejora de las condiciones de habitabilidad en el interior de las viviendas, la reforma de baños y cocinas y la adaptación de la accesibilidad atendiendo a la diversidad funcional de sus ocupantes.

En un comunicado, la Generalitat ha indicado que se prevé que después de la publicación de las bases, en las próximas semanas se publique la convocatoria definitiva de estas ayudas para 2018.

Estas ayudas se impulsaron por primera vez en 2017 y la convocatoria fue "todo un éxito". En esta segunda convocatoria de 2018 se ha aumentado el presupuesto hasta llegar a los 5,5 millones de euros, casi un 50% más que en la primera, y pueden acogerse los propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas de la Comunitat con una antigüedad superior a los 20 años.

Según ha explicado la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, Rebeca Torró, "después del éxito de la pasada convocatoria la Generalitat no solo ha ampliado el presupuesto sino que este año podrá ser ampliable para llegar al máximo de beneficiarios posible". "Se ha demostrado que estas ayudas son necesarias y muy esperadas por un amplio sector de la ciudadanía", ha destacado.

Este plan, tal y como indica Torró, responde a la nueva política impulsada por la conselleria de Vivienda que dirige María José Salvador y que apuesta por la rehabilitación porque "no solo mejora la calidad de vida de las personas sino las condiciones de habitabilidad de las viviendas a través de ayudas directas a los propietarios y, además, reactiva un sector tan castigado por la crisis como el de la construcción".

Las bases del Plan Renhata de 2018 introducen algunos cambios que mejoran y agilizan el proceso de gestión de estas ayudas y gradúan el otorgamiento. De esta manera, para el baremación de las solicitudes se han adoptado dos criterios, uno en función del grado de discapacidad de alguno de los miembros residentes en la vivienda y otro basado en la categoría catastral de la vivienda.

Además, la orden indica que el edificio, salvo para actuaciones de adaptación para personas con diversidad funcional, deberá tener una antigüedad superior a 20 años, que la vivienda se destine a residencia habitual y permanente de su propietario, inquilino o usufructuario.

Las subvenciones con cargo a los fondos de la Generalitat, serán de entre el 25% y el 35% del presupuesto protegible hasta un máximo de 3.000 o 4.200 euros según la baremación obtenida. Además, el presupuesto subvencionable no será inferior a 2.000 euros ni superior a 12.000 euros, con independencia del presupuesto real de las obras que puede ser mayor.

Además, se han mejorado las condiciones porque este año se incluye también una subvención básica de un 5% para costear los trabajos técnicos previos a todos aquellos que cumplan los requisitos.

El procedimiento de tramitación de las ayudas será telemático por lo que las solicitudes deberán presentarse ante el Registro Electrónico y firmadas electrónicamente mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido. Una vez cumplimentado el impreso, la solicitud será presentada telemáticamente por técnicos colaboradores, habilitados en materia de edificación residencial y adheridos a esta convocatoria para la tramitación de las ayudas de mejora de la habitabilidad de las viviendas.

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