El magistrado que resolvió el recurso del auto de procesamiento es uno de los tres que firma la sentencia condenatoria
MADRID. La sesión celebrada este martes en el Tribunal Supremo para resolver los recursos de casación de la sentencia de Fitur, en la que fueron condenados la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez a 9 años de cárcel; el líder de la red corrupta, Francisco Correa; el considerado número dos, Pablo Crespo; y el responsable de Orange Market, Álvaro Pérez El Bigotes, con condenas que oscilan entre 12 y 13 años, ha abierto una puerta que podría suponer un antes y un después en todo el proceso de Gürtel.
De la mano de Javier Vasallo, abogado de uno de los cerebros de la trama corrupta, Álvaro Pérez, se ha planteado que los magistrados que firmaron la sentencia podrían estar ·contaminados", y se ha solicitado que se retrotraiga la causa y se vuelva a juzgar. Una cuestión que no es baladí, pues afecta a derechos fundamentales de los condenados y además, de ser aceptada, podría suponer un revés a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV).
La cuestión planteada por Vasallo versa al respecto de que la sala que ha juzgado y sentenciado a los condenados, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, es la misma que resolvió los recursos durante la instrucción y, por tanto, estaría contaminada al haberse posicionado de forma sistemática con el magistrado instructor. El ejemplo que se ha puesto durante la sesión ante el Alto Tribunal es que el magistrado ponente de la confirmación del auto de transformación de Procedimiento Abreviado, Antonio Ferrer, y que tumbó los recursos de las partes, es el mismo que firma la sentencia de condena, lo que llevaría aparejado una contaminación por el hecho de haber resuelto durante la instrucción.
Las fuentes judiciales consultadas por Valencia Plaza, varias de ellas pertenecientes a la judicatura, afirman que es "una contaminación palmaria" pues la resolución de los recursos no solo es causa de recusación por las partes, sino de abstención por parte del propio tribunal si saben que han resuelto los recursos entrando en el fondo del asunto.
De hecho, esto tiene que ver con la imparcialidad y con la apariencia de imparcialidad que siempre se ha de dar en los juicios porque, de lo contrario, queda viciado el procedimiento. Todo ello basado en la elaboración jurisprudencial apuntalada sobre todo en las cientos de sentencias dictadas por Tribunal Internacional de Derechos Humanos (TDH).
Las fuentes recuerdan que hace varios años hubo varias condenas contra España por este tema. Las primeras de ellas fueron por el Tribunal Militar Central que tenía pocos miembros y que, en lugar de solicitar que otros magistrados de otras jurisdicciones fueran los juzgadores, decidieron hacerlo ellos mismos, lo que acababa con la imparcialidad de la Sala. Este sería el ejemplo del TSJCV.
En el caso de Fitur, las defensas solicitaron la recusación, pero la Sala les denegó dicha petición. Durante el juicio se volvió a plantear la historia como cuestión previa, pero la misma sala, otra vez, volvió a denegar dicha petición. Ahora, por tercera vez, se argumenta la falta de imparcialidad y la posibilidad de que la sala estuviera contaminada. Será el TS el que dirima si tienen razón las defensas o los magistrados. El problema estriba en que si aceptan la petición de Vasallo habría que volver a celebrar el juicio.
Ello supondría que se generarían unas dilaciones indebidas muy cualificadas, lo que supondría un rebaja sustancial en las penas, junto con un revés del Supremo a sus propios compañeros magistrados del TSJCV.
En referencia a otro de los acusados de la Gürtel, el considerado cerebro de la trama, Francisco Correa, su letrado Juan Carlos Navarro ha solicitado la anulación de las penas ya que los propios policías que tuvieron acceso a las grabaciones que el magistrado instructor, Baltasar Garzón, autorizó dentro de la prisión entre los abogados y los detenidos y que fueron anuladas, después fueron nombrados como peritos y utilizaron la información obtenida en prisión para acceder a nuevas líneas de investigación. De hecho, esta decisión le acarreó la expulsión de la carrera judicial a Garzón.
Al respecto, Navarro ha dicho que: “Existe una contaminación psicológica en los investigadores que después se han convertido en peritos. Los informes han servido para imputar como por ejemplo con Ana Grau que comenzó como testigo y tras un informe fue imputada”.
La defensa de la tercera pata del banco de la Gürtel, Pablo Crespo, la ha ejercido su propia hija, ya que su abogado, Mariano Durán, he explicado que al ser ciego no podía leer en solo 12 minutos, que es el tiempo que el Supremo le ha dado a cada defensa, todo lo que tenía preparado.
La hija de Crespo, en una emotiva exposición, ha hecho una defensa acérrima sobre el hecho de que no hay "en ninguna parte del procedimiento una transcripción íntegra de las grabaciones realizadas por Peñas (denunciante) y éstas son sesgadas. Nadie se preocupó de transcribir las grabaciones. Existe una vulneración del derecho a la intimidad. Son conversaciones que transcurren en ámbitos privados como despachos o casas. La sentencia de Guateque rechaza la grabación por vulneración del derecho a la intimidad. Se ha producido una insoportable vulneración del derecho a la intimidad.
Y ha apostillado: "En la mayor parte de las conversaciones Peñas casi ni interviene. La vulneración de los derechos fundamentales debe llevar a la nulidad de las conversaciones de la causa.Una grabación de Peñas del 12 de diciembre de 2007, ya puesta la denuncia, estaba monitorizada por la policía es el señor Peñas quien tira de la lengua a Correa y saca los temas".
En el caso de la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, condenada a nueve años de cárcel, su letrado ha pedido la absolución porque, según su opinión "no hay prueba ni directa ni indirecta contra la consellera. Hay cantidades ingentes de documentación intervenida y no hay ni un solo correo enviado a Martínez, pero tampoco hay nada a un funcionario en el que se hable de la consellera. En las grabaciones no hay ni un minuto de mi defendida, entendemos que no hay prueba que sustente que mi defendida había participado ni se concertase para la comisión de 22 delitos".
La notoria amistad entre Milagrosa y Pérez no era tal según su defensa ya que "no hay pruebas directas y solo hay una indirecta que se cita parcialmente. Es la conversación de Pérez con Herrera que dice que le regaló un reloj. Eso es una prueba indirecta. Le dice ‘le voy a comprar un reloj a ésta (Angélica Such), se lo compré a la hija de puta de la perla (Martínez) ¿o se lo voy a comprar a ésta que se porta mucho mejor".
Y concluye diciendo que todo lo que dice la sentencia de Such, que la absuelve, es aplicable a Martínez. "Ambas eran conselleras, ambas firmaron adjudicaciones y ambas aparecen como adjudicatarias de regalos y las mete en la causa. Solo lo que firmaron en calidad de conselleras es prueba directa que afecta a ellas. En la agenda de Such salen cuatro reuniones con El Bigotes y Martínez tuvo solo una. La conversación denota que con Such se llevaba mucho mejor. Hay un agravio comparativo que hace que el discurso sea arbitrario", ha apostillado.
Por su parte, el fiscal Javier Zaragoza ha solicitado que las inhabilitaciones por la malversación a la que fueron condenados los procesados se incrementen porque, según su criterio, la sala del TSJCV ha aplicado la mitad inferior de la pena cuando debía aplicar la superior. Pero además, ha pedido que al exjefe de gabinete de Martínez, Rafael Betoret se le incremente la pena de prisión en un año.