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El juez procesa a Rubén Trenzano por falsedad en un expediente sobre empresas del hermano de Puig

Foto: MARGA FERRER
11/06/2020 - 

VALÈNCIA. El director general de Política Lingüística de la Generalitat valenciana, Rubén Trenzano, está más cerca de tener que sentarse en el banquillo de los acusados por un presunto delito de falsedad en documento público. El titular del Juzgado de Instrucción número 9 de València, Miguel Ángel Casañ, ha dictado auto de procedimiento abreviado en la causa abierta tras una denuncia de la diputada del PP Eva Ortiz, al apreciar "indicios suficientes de delito", lo que abre un plazo de diez días para que la Fiscalía, el PP y la defensa se pronuncien sobre la apertura de juicio oral. 

El PP denunció en su momento que Trenzano había mentido en acto administrativo, cuando en abril de 2018 afirmó en una resolución que se había hecho el control correspondiente de las ayudas dadas a Mas Mut Producciones y Comunicació dels Ports, vinculadas a "familiares directos" de Puig, y que no había evidencias de irregularidades. El principal directivo de estas firmas es Francisco Javier Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig. Sin embargo, desde el PP aseguraron que esas comprobaciones no se hicieron hasta el mes de julio, tal y como, según afirmaron, hizo constar la Abogacía de la Generalitat en su respuesta al recurso contencioso-administrativo que interpuso el PP ante las "irregularidades" del expediente de esas ayudas.

La carta firmada por Trenzano decía que "las empresas valencianas nombradas y beneficiarias de una subvención en las convocatorias de los ejercicios 2015 y 2016 presentaron la justificación de gastos realizados en el plazo establecido en las respectivas convocatorias". Sin embargo, el PPCV denunció que lo dicho por Trenzano no era cierto, puesto que no se miraron las justificaciones hasta dos años después 2018, una vez denunciadas las subvenciones por la diputada popular Eva Ortiz.

Eva Ortiz. Foto: KIKE TABERNER

Según el juez, "a la vista de las diligencias de investigación practicadas, las fechas en que se produce la carta y la fecha en que vienen a realizarse las actuaciones de control efectivas respecto de la concesión de las subvenciones a las dos sociedades" -Comunicació dels Ports y Mas Mut Producciones, ambas administradas por Francis Puig- "no parece corresponderse lo afirmado en la carta con la realidad de lo acontecido". Lo cual, según añade, "ofrece indicios suficientes de ausencia de verdad en el documento litigioso respecto de las operaciones de control practicadas en el momento oportuno".

Por ello, la investigación realizada le señala "como presunto autor de una posible falta de veracidad precisamente en uno de los puntos esenciales contenidos en el escrito que constituye el documento nº 1 de la denuncia, por reconocido como firmante del mismo, y por ello, como presunto responsable de falsedad".

Testigo clave

El juez archivó en un primer momento la causa porque creía que debía de ir a la vía administrativa, pero la Fiscalía recurrió y la Audiencia Provincial le instó a que siguiera investigando.
 
El magistrado explica en el auto que tomó declaración a Vicente Tortosa, jefe de departamento de la Dirección General, quien aseguró que redactó el documento que trasladó a Trenzano, quien a su vez lo firmó, "pasando a ser el responsable total de su contenido".  

Prosigue el auto diciendo que, si en el documento cuestionado se dice que la administración de la Generalitat ha realizado las actuaciones de control que le corresponden según lo establecido en las órdenes citadas, y siguiendo la declaración del testigo, "dicha ley no llegó a aprobar normas aplicables a los ejercicios 2005 y 2016, y de hecho afirmó que no se aprobó realizar un control de dichos ejercicios hasta el día 16 de julio del año 2018, requiriendo a las dos empresas de Francis Puig, una vez ya producidas las quejas o denuncias por el grupo de oposición popular en Les Corts, dos días más tarde, el 18 de Julio de 2018, por considerar la posible existencia de riesgo en la tramitación concesión de subvenciones a las mismas".
 
Por otra parte, dice el magistrado, que "no quedó suficientemente aclarado por el testigo", si al ser las subvenciones menores de 60.000 euros –56.825 y 23.234 euros, respectivamente– se habría podido aplicar un sistema de control "aleatorio", en el que no correspondió la suerte, el alea, de su control, conforme la posterior norma de plan de control de 2018 a ninguna de las dos sociedades citadas".

Francis Puig, empresario hermano de Ximo Puig. VP

Y concluye que, "en realidad, no hubo tal plan. Pues tan solo tras las peticiones de documentación por la oposición, en junio de 2018, es cuando se decide aplicar un nuevo plan de control por riesgo a aquellas subvenciones litigiosas. Afirmando entretanto testigo e investigado, desconocer hasta entonces que tales sociedades estaban participadas por familiares de Ximo Puig".

En cuanto al control de las subvenciones otorgadas esos dos años, el propio testigo manifestó que "no se habían practicado los planes de control, indicando varios motivos de todo tipo". Es más, el magistrado las trata dichos motivos como excusas, y los enumera diciendo que en la declaración Tortosa se justificó entre otros motivos alegando que estuvo enfermo y nadie le sustituyó en ocho meses de baja, que hubo "problemas técnicos" o que se priorizó en sacar las bases, pero no en ver los expedientes de otros años. Y, para finalizar, apostilla que "estos dos expedientes concretos de 2015 y 2016 no se controlan hasta 2018, porque no había nada que les hiciera dudar y no habían salido en el sorteo, aplicando el sistema aleatorio".

El posible delito

En cuanto al hecho de que Rubén Trenzano cometiera, o no el delito, explica el auto que "en este caso, y tratándose de escrito oficial; sin que precise resultado alguno; basta para que quede tipificado el hecho de no ajustarse los hechos que se indican en el escrito, a la verdad". Por tanto, dice el juez, que "no se requiere indicio alguno de posibles fines -si los hubiera- o de consecución de algún objetivo con tal presunta alteración de la verdad y la seguridad jurídica como bien jurídico protegido, máxime en la actuación de la administración pública, que por su naturaleza debe siempre contener la máxima transparencia en sus resoluciones, acuerdos, decisiones, órdenes, etc".

Ahora, tanto la defensa como la Fiscalía deben pronunciarse al respecto de este auto y pedir, bien el archivo, bien la apertura de juicio oral y, en caso de no gustar la respuesta, este auto se puede recurrir a la Audiencia Provincial. En el caso de que se llegue al punto de un auto de apertura de juicio oral, bien porque la Fiscalía lo pida y, este auto, la Audiencia Provincial lo ratifique, Trenzano ya no tendrá más posibilidades, pues ese auto es irrecurrible y se tendrá que sentar en el banquillo.

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