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podrían beneficiarse los municipios que ahora tienen problemas

El PSPV presenta una enmienda para desbloquear el registro de pisos turísticos en la Marina Alta

15/11/2018 - 

ALICANTE. El PSPV-PSOE sabe que existe un problema con el registro de los apartamentos turísticos en algunos municipios de la Marina Alta y por ello, presentará una enmienda a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat Valenciana para desbloquear la concesión de certificados de compatibilidad en los ayuntamientos y de esta manera, se puedan registrar los apartamentos turísticos como actividad económica. 

Toda la problemática procede de la reciente aprobación de La Ley 15/2018, de 7 de junio, de la Generalitat, de Turismos, Ocio y Hospitalidad, que exige, entre sus novedades la acreditación de la compatibilidad urbanística de las empresas y establecimientos de alojamiento turístico; así mismo, introduce expresamente dentro de las modalidades de alojamiento turístico, las denominadas viviendas de uso turístico como los inmuebles completos cualquiera que sea su tipología, que, contando con el informe municipal de compatibilidad urbanística que permita dicho uso, se cedan con fines turísticos, vacacionales o de ocio; es el denominado artículo 65, que tanta polvareda ha levantado y que ha llevado a la patronal de la Marina Alta a pedir su derogación o eliminación del actual ley, pues considera que dificulta el registro de una propiedad para sea considerada como “vivienda de uso turístico” y pueda ser dada de alta en el registro de Turismo.

Pues para salvar todo estos escollos, que han generado mucho malestar en los gobiernos municipales de la Marina Alta, el grupo parlamentario socialista presentará una enmienda, a través del diputado y alcalde de l'Alfàs del Pi Vicent Arques, para intentar corregirlo. La enmienda tiene tres partes. En la primera, se aborda la cuestión del informe de compatibilidad y dice que "a los efectos de la emisión del documento acreditativo de compatibilidad urbanística contemplado en los artículos 65 y 77 de la Ley 15/2018, se entiende que las viviendas de uso turístico son compatibles con el uso urbanístico residencial y con el uso urbanístico terciario, hasta el momento en que un instrumento de planeamiento urbanístico municipal ordene las zonas urbanísticas, determinando su compatibilidad o incompatibilidad con el uso dominante. Es decir, que los apartamentos turísticos, como elementos aislados, podrán estar tanto en suelo residencial como terciario siempre que cuente con el certificado de compatibilidad. 

La segunda parte del texto propone que sean los "ayuntamientos los que podrán, si así lo estiman oportuno, solicitar informe a distintas áreas internas de la gestión municipal en relación a los efectos de la actividad con el modelo turístico de ciudad".  Y por último, en la tercera parte, posibilita que los consistorios puedan elaborar ordenanzas sobre la regulación sobre este campo: "Las entidades municipales podrán aprobar los instrumentos de ordenación de los usos turísticos (PORT) y, en su caso (PIAT), los cuales tendrán naturaleza de ordenanza y seguirán para su aprobación los trámites de su regulación sectorial en materia de urbanismo". 

¿Qué se busca con ello? En primer lugar, agilizar la concesión de los informes de compatibilidad para zonas de uso residencial, que es el modelo más extendido en municipios de la Marina Alta con muchas urbanizaciones fuera del centro urbano. Y en segundo, que el propio consistorio pueda elaborar ordenanzas para poder regularlo y dar agilidad a la concesión.

En la actualidad, las grandes ciudades o municipios como Torrevieja o Benidorm no tiene este problema porque su Plan General de Ordenación Urbana recoge el uso turístico-residencial y, por tanto, es mucho más fácil expedir los certificados. El problema reside en los municipios como Xàbia o Teulada -la complicación es aún mayor en las localidades en las que no hay ningún plan urbanístico en vigor, como es el caso de Dénia o Llíber- en el que los funcionarios no se atreven a dar dichas licencias con los planes urbanísticos que tienen aprobados, pues no contemplan dicha figura urbanística porque datan del siglo pasado cuando no se preveía la proliferación de los apartamentos turísticos. Y la duda se acrecienta todavía más cuando se trata de suelo terciario, de ahí que la enmienda socialista intente dar una solución. 

A todo ello, se suma la sobrecarga de trabajo para los departamentos de Urbanismo que deben expedir esos certificados para que se inscriban las viviendas turísticas aisladas.

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