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El Consell aprueba un convenio para eliminar el copago farmacéutico a las familias monoparentales

14/12/2018 - 

VALÈNCIA. El pleno del Consell ha aprobado un convenio de colaboración entre la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y con los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Alicante, Castellón y València, mediante el cual se establecen las condiciones de dispensación, facturación y pago de las aportaciones por tratamientos farmacológicos para eliminar así el copago farmacéutico a familias monoparentales.

Los tratamientos referidos son los subvencionados por el Decreto 98/2018, de 20 de julio, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones directas a familias monoparentales para compensar gastos relacionados con la protección de la salud durante 2018.

El convenio aprobado se formaliza con los colegios farmacéuticos de la Comunitat por primera vez para el colectivo de familias monoparentales, a semejanza de los aprobados para el resto de colectivos beneficiarios de subvenciones al copago, teniendo en cuenta que el 2018 es el primer año en el que se aprueba un Decreto para la concesión de subvenciones directas a este colectivo.

En este sentido, la Generalitat ha formalizado previamente los convenios con los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Alicante, Castellón y València para los colectivos de personas menores, personas con diversidad funcional, personas pensionistas y colectivo de desempleados.

Familias monoparentales beneficiarias

Como establece el Decreto serán beneficiarias de las subvenciones las personas que cumplan los siguientes requisitos: ostentar la condición de persona asegurada del Sistema Nacional de Salud (SNS) y disponer tarjeta sanitaria individual expedida por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública; ostentar el título de familia monoparental expedido por la conselleria competente en diversidad familiar según lo establecido en la normativa vigente en materia de reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana; tener un nivel de ingresos inferior a una base liquidable de 18.000 euros anuales; y por último, ser residente en la Comunitat Valenciana.

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