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PRIMERA MATRÍCULA

El Consell aprueba el decreto de tasas universitarias para el curso 2018-19 con una reducción del 8%

14/09/2018 - 

VALÈNCIA. El Pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que se fijan las tasas universitarias para el curso 2018-19 y en el que se establece una reducción del 8% del precio del crédito en primera matrícula de enseñanzas de grado y máster en las universidades públicas valencianas. 

El nuevo decreto supone reducir las tasas para el curso académico 2018/2019 en un porcentaje del 8% con respecto a las establecidas en el Decreto 108/2017, de 28 de julio, por lo que respecta a los créditos en primera matrícula, tanto de grado como de máster, para aquellos estudios de máster que habilitan para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España, o con precio equiparable, y para los estudios de máster no comprendidos en el grupo anterior. 

Además, se mantiene el importe de las tasas en los estudios de máster con precio excepcional, que viene establecido por convenio con otras universidades participantes, así como en los estudios conducentes al título de doctor, desde la primera matrícula hasta la cuarta matrícula y siguientes. 

La reducción del 8% de las tasas universitarias se suma a la reducción del 7% llevada a cabo en el curso 2017/2018, con lo que la reducción de las tasas universitarias alcanza el 15% respecto a las tasas del curso 2016/2017. 

Esta reducción de precios se implementa con una política de subvenciones y becas universitarias que pretende acabar con las desigualdades sociales que se producen tanto en el acceso (primera matrícula), como en la continuidad de los estudios universitarios, y que constituyen dos de los principales ejes del Plan de mejora del sistema universitario valenciano. 

El objetivo definitivo del Consell con estas medidas es conseguir que ningún alumno deje de estudiar en la universidad por motivos económicos. 

El decreto también establece que el importe de las tarifas por la realización de estudios conducentes a títulos propios de las universidades será fijado por el consejo social de cada universidad, igual que el importe de los precios por la prestación de servicios no académicos por parte de la universidad o por el uso o cesión de instalaciones universitarias. 

El régimen aplicable a las tasas por la prestación de servicios académicos universitarios será el establecido en la Ley de tasas de la Generalitat, aprobado por el Decreto legislativo 1/2005, de 25 de febrero.

Exenciones y bonificaciones

Asimismo, el decreto posibilita diferentes tipos de exenciones y bonificaciones para el alumnado que reciba becas y otras ayudas al estudio con cargo a los presupuestos generales del Estado o de la Generalitat. En concreto, tendrán exenciones y bonificaciones aquellos que obtengan matrícula de honor o premio extraordinario de Bachillerato, los miembros de familias numerosas y los que hayan sido víctimas o familiares de víctimas de bandas armadas o elementos terroristas. 

Estas exenciones y bonificaciones también beneficiarán a aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos de exención a los que se refiere el artículo 148 del texto refundido de la Ley de tasas de la Generalitat, en los términos y las condiciones establecidos en el mencionado artículo. También tendrán derecho a la exención total de tasas los alumnos que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33%. 

El importe de las tasas aplicable a los estudiantes extranjeros será el mismo importe que se aplica para los estudiantes de nacionalidad española.

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