gregory y fenoll son juzgados en la causa separada del caso autisa

Dos de los cabecillas de 'Brugal' piden anular las escuchas telefónicas en el primer juicio 

4/05/2018 - 

ALICANTE (EFE). (EFE).- Los abogados de dos de los presuntos cabecillas del 'caso Brugal', Ángel Fenoll y Rafael Gregory, han solicitado este viernes en la Audiencia de Alicante la nulidad de todas las intervenciones telefónicas adoptadas contra sus clientes en esa causa.

La petición, a la que se ha opuesto la Fiscalía, ha sido planteada como cuestión previa por los defensores durante la primera sesión del juicio por una de las piezas derivadas de ese sumario, relativa a un presunto alzamiento de bienes en el grupo empresarial Autisa.

El 'caso Brugal' permitió entre 2007 y 2010 desmantelar varias tramas de presunta corrupción política y empresarial vinculadas a la recogida y el tratamiento de basuras y el urbanismo de la ciudad de Alicante, entre otras.

La investigación inicial se centró en la contrata municipal de la limpieza viaria de Orihuela, pero se desgajó después en 18 procedimientos diferentes, uno de ellos por el presunto fraude del Grupo Autisa, un negocio dedicado a la venta y alquiler de camiones dirigido por los hermanos Rafael y José Vicente Gregory.

En esta pieza separada, la Fiscalía pide provisionalmente para ambos sendas penas de 12 años de cárcel por delitos continuados de estafa, falsedad documental, alzamiento de bienes y blanqueo de capitales.

 También acusa al empresario Ángel Fenoll y otros doce sospechosos de colaborar presuntamente con los anteriores en un plan para dejar sin patrimonio las sociedades del Grupo Autisa, a fin de impedir que sus acreedores pudiesen cobrar.

El abogado de Rafael Gregory, José Celestino Maneiro, ha reclamado la nulidad de todas los 'pinchazos' telefónicos de que fue objeto su cliente en el marco del 'caso Brugal' durante casi tres años, entre julio de 2007 y marzo de 2010.   "No hay precedente alguno en la historia judicial española ni la del mundo occidental de un caso semejante, ni si quiera por delitos de terrorismo", ha expuesto el letrado.

A su juicio, esas escuchas vulneran tanto el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones como los principios de "proporcionalidad y excepcionalidad" y adolecen de "una absoluta falta de control judicial".

El abogado ha denunciado que los teléfonos de Rafael Gregory estuvieron intervenidos durante algunos periodos sin un auto judicial que lo habilitara expresamente, mientras que otros autos carecen de "suficiente motivación" y se basan en "meras sospechas y conjeturas policiales", y uno de ellos ni siquiera lleva la preceptiva firma de la juez instructora.

El defensor ha reclamado igualmente la nulidad de todas las diligencias de prueba derivadas de estas conversaciones telefónicas, como los informes policiales y los registros domiciliarios.

En esta línea, ha invocado el auto dictado en 2011 por el entonces titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Orihuela, Carlos San Martín, responsable del 'caso Brugal, que decretó la nulidad de los autos que amparaban muchas de esas intervenciones telefónicas, aunque su decisión fue revocada después, por extemporánea, por la propia Audiencia Provincial.

Por su parte, el abogado de Fenoll, Miguel Bajo, ha secundado los argumentos de su compañero tras esgrimir que tanto las escuchas como el secreto sumarial "no pueden ser interminables" y las grabaciones que desencadenaron la investigación inicial del 'caso Brugal' "fueron manipuladas por la Policía". "Ese vicio solo puede conducir a la nulidad de todo lo actuado y el consiguiente archivo de la causa. Mi cliente, sus parientes y familiares fueron sometidos a una investigación prospectiva, a una inquisición general", ha precisado.

El fiscal del caso, Enrique Manchón, ha defendido en cambio la validez de las escuchas y de las prórrogas del secreto sumarial, y ha atribuido su duración "inusual" a la "complejidad" de la propia investigación por la "voraz actividad delictiva de los investigados". "Esas medidas se prolongaron todo el tiempo que fue necesario y se adoptaron bajo un exhaustivo control judicial", ha señalado el acusador, que ha citado una sentencia anterior, emitida en 2015 por la Sección Décima de la Audiencia de Alicante, que avala la legalidad de los 'pinchazos' telefónicos en otra rama del Brugal.

La Sección Segunda de la Audiencia deberá resolver sobre las peticiones de la defensa bien antes de la reanudación del juicio, prevista el próximo 31 de mayo, bien tras su celebración, a través de la correspondiente sentencia. 


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