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la sentencia dice que los contratos con urdangarin hoy serían ilegales

Caso Nóos: Las claves de la absolución de los cinco acusados valencianos 

18/02/2017 - 

VALÈNCIA. La falta de pruebas y la legalidad de los contratos firmados entre la entidad Ciudad de las Artes y las Ciencias SA (Cacsa), Turismo Valencia Convention Bureau (TVCB) y el Instituto Nóos, dirigido por Iñaki Urdangarin y David Torres son las claves de la absolución de los imputados en la rama valenciana del caso Nóos. Entre los imputados, ahora absueltos, se encontraban el ex vicealcalde de València Alfonso Grau; el ex secretario de Turismo Luis Lobón; los exdirectores del patronato de la empresa pública Cacsa José Manuel Aguilar y Jorge Vela, así como la responsable jurídica de Cacsa, Elisa Maldonado.

Las magistradas explican en su sentencia que si los convenios con motivo de los Valencia Summit de 2004 a 2006 se hubieran firmado ahora, serían ilegales, pero en aquella época se ajustaban a derecho. "Las normas administrativas deben ser interpretadas conforme a la realidad social concurrente en el momento de su aplicación, y no doce años después", se afirma en la resolución judicial.

A continuación, añade: "En la actualidad resulta palmario que la actuación desplegada se hallaría al margen de la legalidad, pero en aquel momento lo cierto es que la administración se conducía del modo descrito, aprovechando ciertas antinomias legales". Por ello, añade la sentencia, "siempre existirá una alternativa razonable que explique la creencia de los acusados de que podían hacer lo que hacían".

Falta de pruebas

Otro de los motivos fundamentales para la absolución de la rama valenciana del caso Nóos es la imposibilidad de acreditar que se contratara a Iñaki Urdangarin por pertenecer a la Familia Real

Tampoco queda acreditado que Francisco Camps intermediara para el buen fin de las negociaciones. De hecho, el entonces presidente valenciano ni siquiera fue imputado, lo mismo que la entonces alcaldesa, Rita Barberá, ya que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) rechazó hacerlo cuando se trasladó esa parte de la causa a València por ser ambos aforados.

Las magistradas afirman que, en 2003, cuando se supo que València sería la sede de la Copa América, Urdangarin "mantuvo una conversación con la entonces alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, en el curso de la cual le comentó su reciente incorporación al Instituto Nóos y los proyectos que pretendía desarrollar a través de dicha entidad. Concretamente, la organización de un foro internacional sobre gestión de grandes encuentros deportivos,- exponiéndole cómo las ciudades podían aprovechar su impacto económico y publicitario-, del que Valencia podría ser sede, lo que sería de interés para la ciudad en tanto le permitiría capitalizar su condición de sede de la Copa América".

Iñaki Urdangarin. Foto: EFE

Según el fallo, "Barberá mostró interés en la idea, si bien trasladó Urdangarin la necesidad de que se materializara en un proyecto más concreto, sin que resulte acreditado que se formalizara entre ambos, y en dicho momento, un acuerdo verbal de materialización de un convenio". 

Y apostillan que tras ese encuentro no ha quedado acreditado que el yerno del rey se volviera a reunir ni con Rita Barberá ni con Francisco Camps, "ni que, en consecuencia, se produjera un encuentro entre todos ellos en el Palacio de la Zarzuela el día 29 de enero de 2004

Ello no obstante, la idea de realizar el Foro de Ciudad y Deporte se trasladó de algún modo a la Generalitat, por cuanto Diego Torres y Urdangarin lograron reunirse con distintas autoridades e instituciones, al objeto de exponer su proyecto".

Ya en 2004, Urdangarin se reunió con diferentes cargos del Gobierno autonómico, entre ellos el secretario de Turismo Luis Lobón. Transcurridos unos meses, envió una carta a Camps solicitando saber si al final aceptaban o no la propuesta. La magistrada ponente afirma que la carta llegó a Presidencia de la Generalitat, pero que no se puede acreditar que Camps la recibiera en persona.

Sí al 'Valencia Summit'

El resultado fue que Cacsa aceptó la propuesta. Si bien se decidió no afrontar la totalidad de financiación económica, sino que ésta se compartiría con Turismo Valencia Convention Bureau (TVCB) al existir un Convenio entre ambas entidades, "no habiendo quedado acreditado que el único motivo para aceptar la financiación de las cumbres fuera que la persona que las ofrecía, Urdangarin, disfrutaba de un privilegiado posicionamiento institucional, con ocasión de su proximidad a la Jefatura del Estado, y tuvieran la intención de favorecerle por tal motivo".

Siendo igualmente posible que la decisión se adoptara en atención a que el evento diseñado por el Instituto Nóos se ajustaba a lo que por el responsable político, Lobón, y el gestor, Aguilar, como director general de Cacsa, se consideraron necesidades de la ciudad de València por haber sido elegida como sede de la Copa América; y junto a ello pudo influir de forma decisiva la fiabilidad que aportaba Urdangarin por su posición social y el área de influencia a la que tenía acceso, dada su condición de ex deportista de élite, sus relaciones con los principales dirigentes que regían los organismos del deporte mundial, con ocasión del cargo de vicepresidente del COE que ostentó y, la solidez del proyecto presentado en el transcurso de la reunión. Todo ello unido al beneficio que para la promoción de la ciudad de Valencia se podría derivar de la celebración de las cumbres que pretendía organizar".

Momento de la declaración de José Manuel Aguilar. Foto: EFE

Juegos Europeos

Otro de los documentos que pasó por la lupa de las magistradas del caso Nóos fue el contrato fallido para que València presentara una candidatura para ser la sede de los Juegos Europeos con un presupuesto de seis millones de euros. Para la firma de este contrato se contó con la presencia, entre otros, del entonces conseller Víctor Campos, de Francisco Camps y del ahora eurodiputado popular Esteban González Pons.

En el contrato se indicaba que el objetivo principal consistía en el fomento de todas las actuaciones que se llevaran a cabo por parte del Instituto Nóos que constituyeran el diseño y elaboración del dossier de la candidatura de la Comunitat Valenciana como sede de la Primera Edición de los Juegos Europeos. También, "el conocimiento de las posibilidades reales de la Comunidad Valenciana como sede de los Juegos Europeos, a la presentación del proyecto ante instituciones olímpicas y deportivas españolas y europeas y, en su caso, recabar los apoyos que pudieran ser necesarios".

Sin embargo, al existir ya la candidatura de Madrid para los Juegos Olímpicos de 2016, tanto desde el Comité Olímpico Español como desde otras entidades deportivas se aconsejó a la Comunitat Valenciana retirar la candidatura, y así se hizo.

El contrato se votó en Les Corts y se aprobó. Una vez se decidió no continuar, se abonaron solo las facturas por "trabajos realizados", tal y como remarca en varias ocasiones la sentencia.

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