VALÈNCIA. A pesar de que en Sanidad se han tomado al pie de la letra el informe de la Abogacía de la Generalitat sobre el decreto de reversión de las resonancias magnéticas y subrogación del personal, a la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, no le acaba de convencer ni cree que pueda afectar a las reversiones previstas en el área de Bienestar Social, según manifestaba la pasada semana.
En su informe, los letrados de la Generalitat llegan a la conclusión de que no puede ser la Conselleria de Sanidad Universal ni por extensión la Generalitat la que determine que hay sucesión de empresa y, por lo tanto, la Administración se subroga en los derechos de los trabajadores de la UTE Erescanner Salud, controlada por Eresa y participada por Inscanner, Beanaca y Ribera Salud. Debe ser un juez de lo Social quien lo dictamine mediante sentencia. Además, rechaza que en caso de subrogación el personal se incorpore a la Generalitat con el estatus de 'personal a extinguir', como se hizo en el Hospital de Alzira y en algunas residencias de salud mental.
Sin embargo, el sindicato CCOO también considera que el informe de la Abogacía "adolece de falta de rigor". Según señala el sindicato, el informe se ha basado en la Disposición Adicional 26º y un inciso de la Disposición Adicional 34ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, por las que se limitaba la incorporación de personal laboral al sector público derivada de procesos de reversión. Sin embargo, ambas Disposiciones adicionales fueron declaradas inconstitucionales y nulas por la Sentencia del Tribunal Constitucional 122/2018 de 31 de Octubre de 2018, dos semanas antes de la emisión del informe.
La vicepresidenta del Consell ya basó su argumentación en esta sentencia que anulaba parte de la normativa introducida por iniciativa de Cristóbal Montoro en la Ley de Presupuestos para establecer limitaciones a la incorporación de personal laboral al sector público. "Creo que va a tener poca afectación a todo eso", insistía Oltra sobre el informe. "El informe lo que viene a decir es que es consciente de que hay una sentencia del 31 de octubre del Tribunal Constitucional pero como no está publicada todavía no la ha podido estudiar, pero claro, esa sentencia es la clave de bóveda de todo".
Sin embargo, la Abogacía publicó una anexo donde especifica que, a pesar de la sentencia, su conclusión sigue siendo la misma. El motivo es que, según los letrados de la Generalitat, las disposiciones adicionales anuladas por el Constitucional tenían "un carácter meramente aclaratorio" de las reglas presentes en la Constitución. "El informe ha tratado como doctrina excepcional sobre subrogación lo que es ya doctrina consolidada del Tribunal Supremo, en lo referente a la obligación de la Administración a la subrogación de los trabajadores", insisten desde CCOO. "El informe también contiene contradicciones entre las consideraciones jurídicas y sus conclusiones, además de con el reciente dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC), que no cuestiona la obligación de la Administración con respecto a la subrogación del personal", apuntan.
"La internalización del contrato de gestión de las resonancias lleva aparejada la transmisión de unidades, equipos, infraestructuras, etc. por lo que, de acuerdo con la doctrina judicial hay sucesión de empresa, siendo obligatoria la subrogación del personal afectado", señalan. CCOO PV recalca la necesidad de "cumplir con el derecho que asiste a los trabajadores y trabajadoras a ser subrogados como reconoce la normativa europea, la estatal y la jurisprudencia consolidada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo (TS)".
"Desde CCOO consideramos necesario un replanteamiento del informe, ajustado a la sentencia del Tribunal Constitucional, que permita abordar la internalización de la gestión de las técnicas de diagnóstico por imagen mediante resonancia magnética con plenas garantías jurídicas y que no pongan en peligro los procesos de reversión", concluyen.